Sherman Díaz Servicios Profesionales Limitada
Instrumento
- Fecha
- 15 de septiembre de 2023
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto prestar servicios de abogacía, asesoría jurídica, procuraduría de marcas comerciales, patentes de invención y modelos industriales y la realización de todas las demás actividades conexas o conducentes al giro social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifico: por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 15 de septiembre de 2023, doña María Soledad Díaz Amigo y don Alfred Sherman Leinenweber, todos domiciliados en El Golf N°201, departamento 1.203, Las Condes, constituyeron la siguiente sociedad de responsabilidad limitada: Razón Social: Sherman Díaz Servicios Profesionales Limitada. Objeto: La sociedad tendrá por objeto prestar servicios de abogacía, asesoría jurídica, procuraduría de marcas comerciales, patentes de invención y modelos industriales y la realización de todas las demás actividades conexas o conducentes al giro social. Capital: $1.000.000, que es aportado y pagado por los socios en dinero efectivo en el acto de constitución en las siguientes proporciones: i) María Soledad Díaz Amigo aporta la cantidad de $500.000, equivalentes al 50% del capital e interés social; y, ii) Alfred Sherman Leinenweber aporta la cantidad de $500.000, equivalentes al 50% del capital e interés social. Administración y uso razón social: La administración y representación de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a María Soledad Díaz Amigo y a Alfred Sherman Leinenweber, quienes actuando individual e indistintamente tendrán las más amplias facultades y poderes de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el giro social. Duración: La sociedad tendrá una duración indefinida. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada. Santiago, 27 de septiembre de 2023.