MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

MVC MALKU SpA

CVE 2385569
Capital
$40.000.000 CLP
Fecha instrumento
5 de septiembre de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
5 de septiembre de 2023
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$40.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ISABEL MARGARITA PEÑA LEZAETA, Suplente EDUARDO DIEZ MORELLO, Titular de la 34ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda N° 359, Comuna Providencia, certifica: Que con fecha 13 de septiembre de 2023, ante Titular, se redujo a escritura pública, bajo Repertorio número 15.714-2023, el Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada con fecha 5 de septiembre de 2023 (la “Junta”) de la sociedad MVC MALKU SpA inscrita a fojas a fojas 90.454, número 41.612 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2021, en la cual se acordó, por unanimidad y con la concurrencia de sus actuales y únicos accionistas, entre otros: (i) aumentar el capital de la sociedad actual de $40.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, sin valor nominal, de las cuales 995 corresponden a las acciones ordinarias o serie A y 5 a las acciones serie B o preferentes, íntegramente suscrito y pagado, en la suma de $6.720.000, a través de la emisión de 168 nuevas acciones ordinarias serie “A”, nominativas, de igual valor cada una y sin valor nominal. De este modo, el capital de la sociedad, con posterioridad al aumento de capital, asciende a la suma de $46.720.000, dividido en 1.168 acciones, que corresponden a 2 series de acciones: la serie "A" u ordinarias ascendente a 1.163 acciones y la serie "B" o preferente ascendente a 5 acciones; (ii) que el aumento de capital acordado se suscriba y pague en la forma determinada en la Junta y que se señala en los estatutos modificados de la sociedad en la misma Junta, que se reproducen a continuación; (iii) Modificar, como consecuencia del aumento de capital acordado por la Junta, el estatuto social, reemplazando íntegramente los Artículos Quinto permanente y Primero Transitorio, por lo siguientes: “Artículo Quinto.- El capital social asciende a la suma $46.720.000, dividido en 1.168 acciones nominativas y sin valor nominal. Las acciones se dividirán en 2 series: 1.163 acciones serie A y 5 acciones serie B. Las acciones se suscriben y pagan en la forma indicada en el artículo primero transitorio de los presentes estatutos. La serie A de acciones constará de 1.163 acciones, las cuales serán ordinarias y no gozarán de preferencia alguna. La serie B de acciones constará de 5 acciones, las cuales tendrán la preferencia que se señala en el artículo vigésimo cuarto siguiente de estos estatutos.” y “Artículo Primero Transitorio.- El capital social de MVC MALKU SpA asciende a la suma de $46.720.000, dividido en 1.168 acciones nominativas y sin valor nominal, divididas en 2 series: 1.163 acciones serie A y 5 acciones serie B, a que se refiere el artículo Quinto permanente de estos Estatutos se suscribe, entera y paga en la forma que a continuación se indica: (i) Con la suma de $40.000.000, que se encuentra íntegramente suscrito y pagado por los accionistas con anterioridad a la presente fecha, correspondiente a 995 acciones serie A y 5 acciones serie B; (ii) Con la suma de $6.720.000, correspondiente a 168 acciones nominativas, sin valor nominal, de la misma serie A, correspondiente al aumento de capital acordado en la junta extraordinaria de accionistas de la Sociedad celebrada el día 5 de septiembre de 2023 (en adelante la “Junta”). Dichas acciones deberán suscribirse y pagarse a más tardar el 25 de agosto del 2026, en los términos señalados en la misma Junta, de lo contrario el capital quedará reducido de pleno derecho. Para estos efectos se faculta al Administrador de la sociedad para colocar tales acciones a un precio mínimo de cuarenta mil pesos por acción.” En todo lo no modificado por la Junta, se mantienen invariables las estipulaciones contenidas en los estatutos de la sociedad y en especial, la relativa a la administración de la sociedad y la responsabilidad de los socios, la cual permanece limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 28 Septiembre 2023.