LUXURY GARDEN GRASS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 15 de septiembre de 2023
- Notario
- JUAN ESPINOSA BANCALARI
- Domicilio
- O’Higgins 528
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Domicilio
- Concepción, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero
- Duración
- 3 años prorrogables según escritura
Objeto social
a) La compra, venta, arriendo, importación y exportación de pasto sintético, ornamental, y natural, cubiertas, canchas, carpas y todo tipo de maquinarias, herramientas, repuestos e insumos para la instalación y mantención de los mismos, y para la industria en general; b) El diseño, construcción y mantención de jardines, parques y áreas verdes; servicios de paisajismo y servicios de mantenimiento conexos; c) La construcción, administración, importación, elaboración, mantenimiento y toda clase de explotación de recintos deportivos, canchas de pádel, tenis, futbolito, centros de entrenamiento y todo tipo de espacios de similar naturaleza, explotándolos por cuenta propia o ajena; d) Asesorías técnicas, certificaciones de especialidad o generales de instalaciones de canchas de pasto, sintéticas, naturales, e instalaciones deportivas, así como certificaciones de calidad en general, por cuenta propia o ajena; e) La ejecución de toda clase de obras relacionadas con la construcción: obras menores, civiles, mineras, viales, ingeniería y otras, y en general, la ejecución de toda clase de proyectos y obras civiles menores y mayores, e instalaciones, por cuenta propia o de terceros, pudiendo prestar servicios de contratista, subcontratista, o cualquier otra forma, para que personas, empresas o entidades a contrata, ejecuten todo tipo de obras o servicios destinados a personas naturales y)o jurídicas, públicas y)o privadas, nacionales y)o extranjeras; f) La sociedad podrá& #769; llevar a cabo, en general, todas las operaciones de cualquier naturaleza que ellas fueren relacionadas con los objetos mencionado en lo precedente así& #769; como cualquier actividad similar, conexa o complementaria o que permitan facilitar o desarrollar el comercio o la industria propia de la sociedad. Administración representación judicial y extrajudicial de la sociedad y uso de la razón social corresponderá a NICOLAS ALFONSO MIRANDA ABURTO y RENATA FLORENCIA CAROLINA MIRANDA ABURTO, indistintamente, quiénes anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades de administración y disposición, establecidas en los estatutos extractados
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN ESPINOSA BANCALARI, Notario Público, O’Higgins 528, Concepción, certifico: Por escritura pública de fecha 15 de septiembre de 2023, Rep.Nº 3492, ante mí, don NICOLAS ALFONSO MIRANDA ABURTO, chileno, ingeniero comercial, soltero, cédula nacional de identidad Nº 20.021.586-9, doña RENATA FLORENCIA CAROLINA MIRANDA ABURTO, chilena, estudiante, soltera, cédula nacional de identidad Nº 21.543.012-K , ambos domiciliados en Concepción, calle Barros Arana 1375 departamento 504, y doña CATALINA PONCE MORAN, chilena, arquitecta, soltera, cédula nacional de identidad Nº 19.813.851-7, domiciliada en San Pedro de la Paz, calle Los Claveles 311 casa 13, Huertos Familiares; constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada. Razón social: “LUXURY GARDEN GRASS LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales la expresión abreviada de “LUXURY GARDEN GRASS LTDA.”, y pudiendo utilizar como nombre de fantasía “LGG LIMITADA”; OBJETO SOCIAL: a) La compra, venta, arriendo, importación y exportación de pasto sintético, ornamental, y natural, cubiertas, canchas, carpas y todo tipo de maquinarias, herramientas, repuestos e insumos para la instalación y mantención de los mismos, y para la industria en general; b) El diseño, construcción y mantención de jardines, parques y áreas verdes; servicios de paisajismo y servicios de mantenimiento conexos; c) La construcción, administración, importación, elaboración, mantenimiento y toda clase de explotación de recintos deportivos, canchas de pádel, tenis, futbolito, centros de entrenamiento y todo tipo de espacios de similar naturaleza, explotándolos por cuenta propia o ajena; d) Asesorías técnicas, certificaciones de especialidad o generales de instalaciones de canchas de pasto, sintéticas, naturales, e instalaciones deportivas, así como certificaciones de calidad en general, por cuenta propia o ajena; e) La ejecución de toda clase de obras relacionadas con la construcción: obras menores, civiles, mineras, viales, ingeniería y otras, y en general, la ejecución de toda clase de proyectos y obras civiles menores y mayores, e instalaciones, por cuenta propia o de terceros, pudiendo prestar servicios de contratista, subcontratista, o cualquier otra forma, para que personas, empresas o entidades a contrata, ejecuten todo tipo de obras o servicios destinados a personas naturales y/o jurídicas, públicas y/o privadas, nacionales y/o extranjeras; f) La sociedad podrá& #769; llevar a cabo, en general, todas las operaciones de cualquier naturaleza que ellas fueren relacionadas con los objetos mencionado en lo precedente así& #769; como cualquier actividad similar, conexa o complementaria o que permitan facilitar o desarrollar el comercio o la industria propia de la sociedad. Administración representación judicial y extrajudicial de la sociedad y uso de la razón social corresponderá a NICOLAS ALFONSO MIRANDA ABURTO y RENATA FLORENCIA CAROLINA MIRANDA ABURTO, indistintamente, quiénes anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades de administración y disposición, establecidas en los estatutos extractados. Capital: $10.000.000.- que se entera: NICOLAS ALFONSO MIRANDA ABURTO $4.950.000.- equivalentes al 49,5 % del capital social, en dinero efectivo; RENATA FLORENCIA CAROLINA MIRANDA ABURTO $4.950.000 equivalentes al 49,5 % del capital social, en dinero efectivo; CATALINA PONCE MORAN, $100.000 equivalentes al 1% del capital social, en dinero efectivo; todos los dineros ingresados a caja social. Capital íntegramente suscrito y pagado. Responsabilidad: limitada al monto de sus respectivos aportes. Duración: 3 años prorrogables según escritura. Domicilio: Concepción, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. CONCEPCION, 28 de septiembre de 2023.