Instrumento
- Fecha
- 29 de septiembre de 2023
- Repertorio
- 971-2023
- Notario
- HERNÁN PABLO ORMEÑO QUEZADA
- Oficio
- Segunda Notaría de San Carlos
- Comuna
- San Carlos
Sociedad
- Capital
- $5.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad es la comuna de Concepción
- Duración
- 5 años a contar desde la fecha de escritura extractada, prorrogándose automáticamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años cada vez, en forma indicada en escritura extractada
Objeto social
El objeto de la sociedad será: Uno. El desarrollo de sitios y portales web, junto con la planificación, diseño, programación, y optimización de sitios web incluyendo aplicaciones web, comercio electrónico y plataformas en línea; Dos. La prestación de servicios profesionales en toda el área de publicidad, marketing, comunicación social y comercialización, tanto por medios físicos y digitales, así también como el estudio, planificación y asesoría en materia de campañas publicitarias de marketing y comunicaciones sociales; Tres. Además de efectuar toda clase de inversiones en bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, tales como créditos y valores mobiliarios, en general, derechos, participaciones, cuotas o acciones en sociedades, comunidades, cooperativas, corporaciones, fundaciones, o cualquier otra entidad, con o sin personalidad jurídica, comprendiéndose la administración y la percepción de las rentas que de ello se deriven; y, Cuatro. La sociedad podrá desarrollar su giro directamente, o por medio de otra u otras sociedades de las que forme parte o constituya al efecto. Sin perjuicio de lo anterior, la sociedad podrá ejecutar actividades de cualquier clase y)o naturaleza que los accionistas acuerden en el futuro, ya sea que se relacionen directa o indirectamente con el
Administración
La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad corresponderá exclusivamente a FELIPE DE JESÚS LEIVA CASTILLO. Responsabilidad de los accionistas limitada al monto de sus respectivos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHERNÁN PABLO ORMEÑO QUEZADA, Abogado, Notario Público Interino de la Segunda Notaría de San Carlos, con oficio en calle Ernesto Zúñiga esquina Estado sin número, comuna de Ñiquén, certifico: Que, por escritura pública de fecha 29 de septiembre de 2023, otorgada ante mí, Repertorio 971-2023: FELIPE DE JESÚS LEIVA CASTILLO, domiciliado en población Inés Aragay pasaje cinco de octubre, casa trescientos sesenta y nueve, de la comuna Parral, constituyó una sociedad por acciones de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Nombre: INVERSIONES MERCADO COTIZA SpA. Objeto: El objeto de la sociedad será: Uno. El desarrollo de sitios y portales web, junto con la planificación, diseño, programación, y optimización de sitios web incluyendo aplicaciones web, comercio electrónico y plataformas en línea; Dos. La prestación de servicios profesionales en toda el área de publicidad, marketing, comunicación social y comercialización, tanto por medios físicos y digitales, así también como el estudio, planificación y asesoría en materia de campañas publicitarias de marketing y comunicaciones sociales; Tres. Además de efectuar toda clase de inversiones en bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, tales como créditos y valores mobiliarios, en general, derechos, participaciones, cuotas o acciones en sociedades, comunidades, cooperativas, corporaciones, fundaciones, o cualquier otra entidad, con o sin personalidad jurídica, comprendiéndose la administración y la percepción de las rentas que de ello se deriven; y, Cuatro. La sociedad podrá desarrollar su giro directamente, o por medio de otra u otras sociedades de las que forme parte o constituya al efecto. Sin perjuicio de lo anterior, la sociedad podrá ejecutar actividades de cualquier clase y/o naturaleza que los accionistas acuerden en el futuro, ya sea que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social. Domicilio: El domicilio de la Sociedad es la comuna de Concepción sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos de la Republica o en el extranjero. Duración: 5 años a contar desde la fecha de escritura extractada, prorrogándose automáticamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años cada vez, en forma indicada en escritura extractada. Capital: $5.000.000 dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, de igual valor cada una, íntegramente suscritas y pagadas por FELIPE DE JESÚS LEIVA CASTILLO. Administración: La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad corresponderá exclusivamente a FELIPE DE JESÚS LEIVA CASTILLO. Responsabilidad de los accionistas limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. San Carlos, 29 de septiembre de 2023.-