INVERSIONES INMOBILIARIAS ELENA DEL CARMEN CANELO ZAMORA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 21 de septiembre de 2023
- Repertorio
- 518-2007
- Notario
- JULIO JORGE ABUYERES JADUE
- Domicilio
- Quillota
Sociedad
- Capital
- $330.000.000 CLP
- Domicilio
- es la comuna de Quillota
- Duración
- Sociedad empezará a regir desde fecha escritura de Transformación de sociedad, duración diez años, renovable por períodos iguales, si ninguno socios manifestare voluntad ponerle término al final período en curso. Socios limitan responsabilidad hasta concurrencia monto de
- Ley aplicable
- Ley N°19.857
Administración
Corresponderá, a RENÉ GONZALO PALMA CANELO, a RODRIGO ANDRES PALMA CANELO y a BERNARDITA ELENA PALMA CANELO, quienes actuando, indistintamente, dos de estos socios administradores, en nombre y por la sociedad de responsabilidad limitada y anteponiendo razón social a sus firmas, la representarán con las facultades de administración y disposición de bienes contenidas, sin perjuicio de las limitaciones que se consignan, expresamente, en estatuto social.- Socios podrán retirar anualmente, para gastos particulares, suma equivalente a 2 Unidades Tributarias Mensuales y siempre que el estado de caja lo permita
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJULIO JORGE ABUYERES JADUE, Abogado, Notario Público Titular de Quillota, Pudeto N°398, Certifica: Por escritura pública de fecha 21 de Septiembre de 2023, ante mí Suplente, doña Constanza Cecilia Carmona Mota, ELENA DEL CARMEN CANELO ZAMORA, comerciante, cédula de identidad N°5.412.843-6, RENÉ GONZALO PALMA CANELO, ingeniero agrónomo, cédula de identidad N° 11.734.215-8, RODRIGO ANDRES PALMA CANELO, ingeniero comercial, cédula de identidad N° 13.061.257-1, y BERNARDITA ELENA PALMA CANELO, técnico paisajista, cédula de identidad N° 13.459.763-1, todos con domicilio en comuna de Quillota, Fundo San Carlos, Quebrada El Ají, Boco, Transformaron INVERSIONES INMOBILIARIAS ELENA DEL CARMEN CANELO ZAMORA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con nombre de fantasía INVERSIONES INMOBILIARIAS DOÑA ELENA E.I.R.L. en SOCIEDAD AGRICOLA INMOBILIARIA DOÑA ELENA Y COMPAÑÍA LIMITADA, conforme siguientes estipulaciones: Por escritura pública de 28 de febrero del año 2007, autorizada por Notario Público de Quillota, don Julio Abuyeres Jadue, Repertorio N°518-2007, Elena del Carmen Canelo Zamora constituyó empresa individual de responsabilidad Limitada, razón social INVERSIONES INMOBILIARIAS ELENA DEL CARMEN CANELO ZAMORA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, rol único tributario N° 76.783.260-5, extracto publicado 6 de marzo año 2007, Diario Oficial, Edición N° 38.706, inscrito a fojas 48 N° 39 Registro de Comercio del año 2007, Conservador de Comercio de Quillota. El capital aportado ascendió a la suma de ciento ochenta millones setecientos cincuenta y cinco mil pesos, los cuales se revalorizarán en la forma que a continuación se señala. ELENA DEL CARMEN CANELO ZAMORA, vende, cede y transfiere a RENÉ GONZALO PALMA CANELO, quien compra, adquiere y acepta para sí, el 20% de derechos y acciones sobre la mencionada empresa individual de responsabilidad limitada. Esta cesión comprende la cuota de capital del cedente, revalorizaciones, utilidades no retiradas que pudieren corresponderle y cualquiera otro rubro a que tenga o tuviere derecho en la empresa individual de responsabilidad limitada. Precio de cesión se pacta en la suma de $66.000.000, que se pagan y pagarán, por el cesionario, adquirente y comprador RENÉ GONZALO PALMA CANELO, siguiente forma: A.- $6.600.000.- en este acto, de contado y en dinero efectivo, declarando cedente ELENA DEL CARMEN CANELO ZAMORA, haberlos recibido a su entera y total conformidad; B.- Saldo de $59.400.000.-, se pagará en 30 cuotas semestrales de un $1.980.000.- cada una de ellas, con vencimiento la primera día 30 de junio del año 2024 y la última cuota, con vencimiento día 31 de diciembre del año 2038, todas pagaderas en domicilio de la cedente. ELENA DEL CARMEN CANELO ZAMORA, vende, cede y transfiere a RODRIGO ANDRES PALMA CANELO, quien compra, adquiere y acepta para sí, el 20% de derechos y acciones, sobre la mencionada empresa individual de responsabilidad limitada. Esta cesión comprende la cuota de capital del cedente, revalorizaciones, utilidades no retiradas que pudieren corresponderle y cualquiera otro rubro a que tenga o tuviere derecho en la empresa individual de responsabilidad limitada. Precio de cesión se pacta en la suma de $66.000.000, que se pagan y pagarán, por el cesionario, adquirente y comprador RODRIGO ANDRES PALMA CANELO, siguiente forma: A.- $6.600.000.- en este acto, de contado y en dinero efectivo, declarando cedente ELENA DEL CARMEN CANELO ZAMORA, haberlos recibido a su entera y total conformidad; B.- Saldo de $59.400.000.-, se pagará en 30 cuotas semestrales de un $1.980.000.- cada una de ellas, con vencimiento la primera día 30 de junio del año 2024 y la última cuota, con vencimiento día 31 de diciembre del año 2038, todas pagaderas en domicilio de la cedente. ELENA DEL CARMEN CANELO ZAMORA, vende, cede y transfiere a BERNARDITA ELENA PALMA CANELO, quien compra, adquiere y acepta para sí, el 20% de derechos y acciones sobre la mencionada empresa individual de responsabilidad limitada. Esta cesión comprende la cuota de capital del cedente, revalorizaciones, utilidades no retiradas que pudieren corresponderle y cualquiera otro rubro a que tenga o tuviere derecho en la empresa individual de responsabilidad limitada. Precio de cesión se pacta en la suma de $66.000.000, que se pagan y pagarán, por el cesionario, adquirente y compradora BERNARDITA ELENA PALMA CANELO, siguiente forma: A.- $6.600.000.- en este acto, de contado y en dinero efectivo, declarando cedente ELENA DEL CARMEN CANELO ZAMORA, haberlos recibido a su entera y total conformidad; B.- Saldo de $59.400.000.-, se pagará en 30 cuotas semestrales de un $1.980.000.- cada una de ellas, con vencimiento la primera día 30 de junio del año 2024 y la última cuota, con vencimiento día 31 de diciembre del año 2038, todas pagaderas en domicilio de la cedente. Ingresan a la empresa individual de responsabilidad limitada RENÉ GONZALO PALMA CANELO, RODRIGO ANDRES PALMA CANELO Y BERNARDITA ELENA PALMA CANELO, de acuerdo al inciso segundo del artículo 14 de la Ley N°19.857, la empresa individual de responsabilidad limitada se transforma en sociedad de responsabilidad limitada, según siguientes estipulaciones. Como consecuencia de la cesión, transferencia y venta del 60% de derechos, acciones y participación en el capital empresarial de INVERSIONES INMOBILIARIAS ELENA DEL CARMEN CANELO ZAMORA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con nombre de fantasía INVERSIONES INMOBILIARIAS DOÑA ELENA E.I.R.L. a RENÉ GONZALO PALMA CANELO, a RODRIGO ANDRES PALMA CANELO y a BERNARDITA ELENA PALMA CANELO, con un 20% del total de derechos, acciones y participación, a cada uno de ellos, procediéndose a reformar y refundir el estatuto de INVERSIONES INMOBILIARIAS ELENA DEL CARMEN CANELO ZAMORA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con nombre de fantasía INVERSIONES INMOBILIARIAS DOÑA ELENA E.I.R.L. ahora sociedad de responsabilidad limitada, como sigue ELENA DEL CARMEN CANELO ZAMORA, comerciante, cédula de identidad N°5.412.843-6, RENÉ GONZALO PALMA CANELO, ingeniero agrónomo, cédula de identidad N°11.734.215-8, RODRIGO ANDRES PALMA CANELO, ingeniero comercial, cédula de identidad N°13.061.257-1, y BERNARDITA ELENA PALMA CANELO, técnico paisajista, cédula de identidad N°13.459.763-1; Declaran que INVERSIONES INMOBILIARIAS ELENA DEL CARMEN CANELO ZAMORA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con nombre de fantasía INVERSIONES INMOBILIARIAS DOÑA ELENA E.I.R.L., se ha transformado en Sociedad de Responsabilidad Limitada, para desarrollar el giro por la misma, en conformidad con la legislación vigente, teniendo, además, presentes la Ley número tres mil novecientos dieciocho y las disposiciones del Códigos de Comercio, que versan sobre la materia, en todo lo que no se hubiere estipulado en esta contrato. Objeto o giro: está constituido por la compra y venta de bienes raíces agrícolas, su arrendamiento y administración, y toda otra actividad o negocios relacionados con el objeto anterior y que acuerden los socios. Razón social: será SOCIEDAD AGRICOLA INMOBILIARIA DOÑA ELENA Y COMPAÑÍA LIMITADA, pudiendo usar y actuar con sigla o nombre de fantasía, inclusive ante bancos, AGROINMOBILIARIA DOÑA ELENA Y CIA. LTDA., rol único tributario N°76.783.260-5.- Domicilio: es la comuna de Quillota, sin perjuicio de agencias, representaciones o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país. Capital: Es la suma $330.000.000.-, de acuerdo al capital revalorizado en la forma en que se aportó en el año dos mil siete, por la constituyente, los cuales se encuentran aportados, pagados y enterados.-Administración y uso de la razón social: Corresponderá, a RENÉ GONZALO PALMA CANELO, a RODRIGO ANDRES PALMA CANELO y a BERNARDITA ELENA PALMA CANELO, quienes actuando, indistintamente, dos de estos socios administradores, en nombre y por la sociedad de responsabilidad limitada y anteponiendo razón social a sus firmas, la representarán con las facultades de administración y disposición de bienes contenidas, sin perjuicio de las limitaciones que se consignan, expresamente, en estatuto social.- Socios podrán retirar anualmente, para gastos particulares, suma equivalente a 2 Unidades Tributarias Mensuales y siempre que el estado de caja lo permita. Duración: Sociedad empezará a regir desde fecha escritura de Transformación de sociedad, duración diez años, renovable por períodos iguales, si ninguno socios manifestare voluntad ponerle término al final período en curso. Socios limitan responsabilidad hasta concurrencia monto de aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. Quillota, a 27 de Septiembre de 2023.-