MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inmobiliaria Arauco Limitada

RUT 79573990-4 CVE 2384826
Fecha instrumento
11 de septiembre de 2023
Notaría
Chillán

Instrumento

Fecha
11 de septiembre de 2023
Repertorio
3516-2023
Notario
LUIS ÁLVAREZ DÍAZ
Oficio
Cuarta Notaría de Chillán
Comuna
Chillán

Administración

La administración y representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a doña ANDREA VICTORIA LAHSEN VILLARROEL, quien tendrá las más amplias facultades para representar a la sociedad ante toda clase de autoridades y funcionarios de todo orden, instituciones fiscales, semifiscales o privadas y formular ante ellos toda clase de peticiones, elevar solicitudes, deducir reclamos y en general, efectuar todos los actos que sean menester para un adecuado cumplimiento del objeto de la sociedad y en protección de su patrimonio y su interés. Arbitraje. Cualquier duda, dificultad o desavenencia que surja entre las partes con motivo del presente contrato o de sus documentos complementarios o modificatorios, ya se refiera a su interpretación, cumplimiento, validez, terminación o cualquier otra causa relacionada con este contrato se resolverá mediante arbitraje, conforme al Reglamento del Centro de Arbitraje de la Cámara de la Producción y del Comercio de Concepción A.G. En lo no modificado estatutos vigentes. Chillán, 27 de septiembre de 2023

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS ÁLVAREZ DÍAZ, Notario Público de la Cuarta Notaría de Chillán,, certifico: Por escritura pública de fecha 11 de septiembre de 2023, repertorio 3516-2023, ante mí, ANDREA VICTORIA LAHSEN VILLARROEL y MATÍAS EMILIO LAHSEN VILLARROEL , modificaron sociedad INMOBILIARIA ARAUCO LIMITADA, inscrita a fojas 156 vuelta N°113 Registro de Comercio de Chillán de 1983, en siguiente sentido: I) Venta de derechos sociales de Andrea Victoria Lahsen Villarroel: vende y transfiere el uno por ciento de los derechos sociales, a Matías Emilio Lahsen Villarroel, por un precio de $40.000.000, pagado al contado; II) Modificación de sociedad: producto de la venta, se disuelve el directorio y representación, administración y uso de la razón social, queda radicada única y exclusivamente en Andrea Victoria Lahsen Villarroel; III) Administración. La administración y representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a doña ANDREA VICTORIA LAHSEN VILLARROEL, quien tendrá las más amplias facultades para representar a la sociedad ante toda clase de autoridades y funcionarios de todo orden, instituciones fiscales, semifiscales o privadas y formular ante ellos toda clase de peticiones, elevar solicitudes, deducir reclamos y en general, efectuar todos los actos que sean menester para un adecuado cumplimiento del objeto de la sociedad y en protección de su patrimonio y su interés. Arbitraje. Cualquier duda, dificultad o desavenencia que surja entre las partes con motivo del presente contrato o de sus documentos complementarios o modificatorios, ya se refiera a su interpretación, cumplimiento, validez, terminación o cualquier otra causa relacionada con este contrato se resolverá mediante arbitraje, conforme al Reglamento del Centro de Arbitraje de la Cámara de la Producción y del Comercio de Concepción A.G. En lo no modificado estatutos vigentes. Chillán, 27 de septiembre de 2023.