MODIFICACIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

HERNÁN ENRIQUE BOUTHORS ARREDONDO TRANSPORTE DE PASAJEROS E.I.R.L.

RUT 76033532-0 CVE 2385113
Capital
$133.855 CLP
Fecha instrumento
13 de septiembre de 2023
Notaría
Rancagua
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
13 de septiembre de 2023
Notario
Celeste Nicol Becerra Marín
Oficio
Segunda Notaría de Rancagua
Comuna
Rancagua

Sociedad

N. fantasía
Indistintamente a cualquiera de los socios Hernán Enrique Bouthors Arredondo y/o Hernán Emilio Bouthors Pizarro, con amplias facultades, salvo las limitaciones acordadas en la letra C y letra P, del Número Cuatro, de la Cláusula Séptima de la escritura de transformación, consistente en que la delegación de facultades que haga uno más de los socios, deberá hacerse con autorización expresa de los otros socios administradores que no concurran en la delegación, y, que queda prohibido a los socios, en nombre y representación de la sociedad, avalar a terceros cualquier tipo de obligación
Capital
$133.855 CLP
Domicilio
Ciudad y Comuna de Graneros
Duración
5 años a contar del uno de octubre del 2023 prorrogables y renovables automáticamente por periodos iguales y sucesivos de cinco años

Objeto social

El objeto de la sociedad es el transporte de pasajeros, por cuenta propia o ajena, en vehículos propios o de terceros; y toda actividad relacionada con lo anterior y que los socios determinen. Administración y uso razón social y del

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Celeste Nicol Becerra Marín, Notario Público Interino Segunda Notaría de Rancagua, con Oficio en calle Coronel Santiago Bueras 359, Oficina 102, certifica: Por escritura de fecha 13-09-2023, Rep. N° 3330-2023, ante mí HERNÁN ENRIQUE BOUTHORS ARREDONDO, como constituyente de “HERNÁN ENRIQUE BOUTHORS ARREDONDO TRANSPORTE DE PASAJEROS E.I.R.L.”, RUT N° 76.033.532-0, constituida por escritura de 8 de septiembre del 2008, inscrita a fojas 503 vuelta, número 656, en el Registro de Comercio del año 2008, del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua; HERNÁN EMILIO BOUTHORS PIZARRO y CAROLINA IGNACIA BOUTHORS PIZARRO, todos domiciliados en calle Santa Elena N° 270, comuna de Graneros, Región Del Libertador Bernardo O’Higgins; transformaron “HERNÁN ENRIQUE BOUTHORS ARREDONDO TRANSPORTE DE PASAJEROS E.I.R.L.” en “BOUTHORS TRANSPORTES LIMITADA”. Razón social: “BOUTHORS TRANSPORTES LIMITADA” sin perjuicio de que para efectos comerciales, incluso frente a bancos o como propaganda, pueda usarse la designación abreviada o de fantasía “BOUTHORS TRANSPORTES”. Domicilio: Ciudad y Comuna de Graneros, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: El objeto de la sociedad es el transporte de pasajeros, por cuenta propia o ajena, en vehículos propios o de terceros; y toda actividad relacionada con lo anterior y que los socios determinen. Administración y uso razón social y del nombre de fantasía: Indistintamente a cualquiera de los socios Hernán Enrique Bouthors Arredondo y/o Hernán Emilio Bouthors Pizarro, con amplias facultades, salvo las limitaciones acordadas en la letra C y letra P, del Número Cuatro, de la Cláusula Séptima de la escritura de transformación, consistente en que la delegación de facultades que haga uno más de los socios, deberá hacerse con autorización expresa de los otros socios administradores que no concurran en la delegación, y, que queda prohibido a los socios, en nombre y representación de la sociedad, avalar a terceros cualquier tipo de obligación. Capital: $133.855.825 que los socios aportan y enteran, de la siguiente forma: Hernán Enrique Bouthors Arredondo: 120.455.825 mediante la capitalización del saldo de la revalorización del capital propio de “Hernán Enrique Bouthors Arredondo Transporte De Pasajeros E.I.R.L.”, según balance al 31 de agosto del 2023. Hernán Emilio Bouthors Pizarro: $6.700.000 que entera en el acto de transformación de la E.I.R.L en dinero efectivo que ingresa a la caja social; y Carolina Ignacia Bouthors Pizarro: $6.700.000 que entera en el acto de transformación de la E.I.R.L en dinero efectivo que ingresa a la caja social. Responsabilidad de los socios: limitada al monto de sus aportes. Duración: 5 años a contar del uno de octubre del 2023 prorrogables y renovables automáticamente por periodos iguales y sucesivos de cinco años. Demás estipulaciones en escritura extractada. Rancagua 25 de septiembre 2023.