Cranberry Chic SpA
Instrumento
- Fecha
- 11 de septiembre de 2023
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $249.222.942 CLP
Objeto social
(i) La adquisición y comercialización, directa o por internet, en Chile o en el extranjero, de toda clase de prendas de vestir y accesorios; (ii) La elaboración, adquisición, desarrollo, venta, edición y publicación de toda clase de encuestas, información, datos, opiniones, publicidad, análisis, material gráfico, creaciones artísticas, imágenes, software o cualquier otra creación, aplicada a la moda o el vestuario o su comercialización, todo ello tanto en Chile como en el extranjero; (iii) La prestación de toda clase de asesorías y servicios de intermediación relacionados con las actividades indicadas en los literales (i) y (ii) precedentes; y (iv) Cualquier otra actividad lícita que los accionistas pudieren acordar en el futuro, sean estos civiles o mercantiles, que directa o indirectamente faciliten o permitan la realización del objeto social o tiendan a su consecución. Para el cumplimiento del objeto social, la sociedad podrá adquirir, enajenar, y, en general, efectuar toda clase de inversiones en bienes muebles e inmuebles con fines rentísticos de largo plazo, corporales e incorporales, incluyendo la formación y la participación en otras personas jurídicas y sociedades de cualquier tipo y objeto, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos o rentas
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 11 de septiembre de 2023, otorgada ante mí, se redujo el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de Cranberry Chic SpA, en adelante también denominada la “Sociedad”, inscrita a fojas 29.263 número 20.637 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2012, celebrada con la misma fecha, en la que se acordó lo siguiente: (1) Dejar constancia de que se ha producido de pleno derecho la disminución del capital social en la cantidad de $67.506.729, esto es, desde la cantidad de $316.729.671, dividido en 17.500.569 acciones, de las cuales 14.285.714 corresponden a acciones ordinarias, y 3.214.855 corresponden a acciones preferentes, a un capital ascendente a la cantidad de $249.222.942 dividido en 15.406.288 acciones, de las cuales 13.156.961 corresponden a acciones ordinarias, y 2.249.327 corresponden a acciones preferentes. Lo anterior como consecuencia de no haberse suscrito y pagado dentro del plazo fijado par a ello 965.528 acciones preferentes y 1.128.753 acciones ordinarias. (2) Eliminar las acciones de propia emisión de que la Sociedad es titular a la presente fecha, esto es, un total de 1.794.425 acciones ordinarias, sin disminuir el capital social. Conforme a lo anterior, el capital social asciende a la cantidad de $249.222.942, y se encuentra dividido en 13.611.863 acciones, de las cuales 11.362.536 corresponden a acciones ordinarias, y 2.249.327 corresponden a acciones preferentes. (3) Eliminar las actuales series de acciones, estableciendo que el capital social quedará dividido únicamente en acciones ordinarias, de una misma serie. De esta forma, todas las acciones preferentes pasan a ser acciones ordinarias, canjeando los accionistas titulares de estas a cciones la totalidad de sus acciones preferentes por acciones ordinarias en una relación de uno a uno. Como consecuencia de lo anterior, el capital social asciende a la cantidad de $249.222.942, dividido en 13.611.863 acciones ordinarias, nominativas, de u na misma serie y sin valor nominal, y se encuentra íntegramente suscrito y pagado. A fin de reflejar las disminuciones de capital y eliminación de acciones referidas, se acordó reemplazar los Artículos Quinto permanente y Primero Transitorio de los estatut os sociales. (4) Modificar los estatutos en materias que no son objeto de extracto. (5) Establecer un texto refundido de los estatutos de la Sociedad, que extracto a continuación: Nombre: Cranberry Chic SpA. Objeto: (i) La adquisición y comercialización, directa o por internet, en Chile o en el extranjero, de toda clase de prendas de vestir y accesorios; (ii) La elaboración, adquisición, desarrollo, venta, edición y publicación de toda clase de encuestas, información, datos, opiniones, publicidad, análisis, material gráfico, creaciones artísticas, imágenes, software o cualquier otra creación, aplicada a la moda o el vestuario o su comercialización, todo ello tanto en Chile como en el extranjero; (iii) La prestación de toda clase de asesorías y servicios de intermediación relacionados con las actividades indicadas en los literales (i) y (ii) precedentes; y (iv) Cualquier otra actividad lícita que los accionistas pudieren acordar en el futuro, sean estos civiles o mercantiles, que directa o indirectamente faciliten o permitan la realización del objeto social o tiendan a su consecución. Para el cumplimiento del objeto social, la sociedad podrá adquirir, enajenar, y, en general, efectuar toda clase de inversiones en bienes muebles e inmuebles con fines rentísticos de largo plazo, corporales e incorporales, incluyendo la formación y la participación en otras personas jurídicas y sociedades de cualquier tipo y objeto, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos o rentas. Capital: $249.222.942, dividido en 13.611.863 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado en la forma señalada en el Artículo Primero Transitorio. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 26 de septiembre de 2023.