CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ADMINISTRACIÓN DE EDIFICIOS Y CONDOMINIOS RV1 LIMITADA

CVE 2384831
Fecha instrumento
22 de septiembre de 2023
Notaría
Providencia don Fernando Celis Urrutia
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
22 de septiembre de 2023
Notario
Paulina Celis Maggi
Domicilio
Santiago
Comuna
Providencia don Fernando Celis Urrutia

Sociedad

Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será la prestación de servicios profesionales de Administración para Edificios y)o Condominios regidos por la ley de Copropiedad veintiún mil cuatrocientos cuarenta y dos y normas complementarias o futuras que rijan la materia, consejo de administración de edificios y condominios, asesorías de todo tipo en materias de administración de edificios y condominios, así como cualquier otra actividad directa, indirecta, complementaria o suplementaria que tenga directa relación con el giro principal de la sociedad. La sociedad podrá participar en otras personas jurídicas o sociedades de cualquier tipo y objeto, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades

Administración

La administración, representación y el uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a Ricardo Ismael Reyes Guzmán y)o Mirza Beatriz Vásquez Argueta indistintamente, quienes, actuando por la sociedad, en forma separada, conjunta o alternada y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades detalladas en escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Paulina Celis Maggi, Abogada, Notario Público de Santiago, Suplente del Notario Titular de la Segunda Notaría de Providencia don Fernando Celis Urrutia, con oficio en Paseo Presidente Errázuriz Echaurren 2615, Providencia, Certifico: Por escritura pública otorgada hoy ante mí, don RICARDO ISMAEL REYES GUZMÁN, con domicilio para estos efectos en calle Víctor Manuel numero mil cuatrocientos cuarenta y dos, departamento novecientos dieciséis, comuna de Santiago, ciudad de Santiago; y doña MIRZA BEATRIZ VASQUEZ ARGUETA, con domicilio para estos efectos en calle Luis Thayer Ojeda número cuarenta y tres, departamento ciento catorce, comuna de Providencia, ciudad de Santiago; constituyen una sociedad de responsabilidad limitada, bajo el nombre o razón social de “ADMINISTRACIÓN DE EDIFICIOS Y CONDOMINIOS RV1 LIMITADA”, pudiendo utilizar como nombre de fantasía “Gestión Prime Limitada”. Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Santiago, sin perjuicio de los establecimientos, agencias y sucursales que pueda constituir en otros lugares, dentro del país o en el exterior. Objeto: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios profesionales de Administración para Edificios y/o Condominios regidos por la ley de Copropiedad veintiún mil cuatrocientos cuarenta y dos y normas complementarias o futuras que rijan la materia, consejo de administración de edificios y condominios, asesorías de todo tipo en materias de administración de edificios y condominios, así como cualquier otra actividad directa, indirecta, complementaria o suplementaria que tenga directa relación con el giro principal de la sociedad. La sociedad podrá participar en otras personas jurídicas o sociedades de cualquier tipo y objeto, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades. Administración: La administración, representación y el uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a Ricardo Ismael Reyes Guzmán y/o Mirza Beatriz Vásquez Argueta indistintamente, quienes, actuando por la sociedad, en forma separada, conjunta o alternada y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades detalladas en escritura extractada. Capital: El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, que los socios se comprometen a enterar según se indica a continuación: a) don Ricardo Ismael Reyes Guzmán, con la suma de quinientos mil pesos, que se compromete a pagar al contado y en dinero efectivo a más tardar el treinta y uno de diciembre de dos mil veintitrés; y b) doña Mirza Beatriz Vásquez Argueta, con la suma de quinientos mil pesos, que se compromete a pagar al contado y en dinero efectivo a más tardar el treinta y uno de diciembre de dos mil veintitrés. La responsabilidad de cada socio queda limitada a su respectivo aporte. Duración: La sociedad rige desde esta fecha y tendrá una duración indefinida, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Providencia, 22 de septiembre del año 2023.-