SOCIEDAD MEDICA ABDE & ABDE Y CÍA. LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 14 de septiembre de 2023
- Notario
- HUGO PATRICIO MONROY FOIX
- Domicilio
- Quillota
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHUGO PATRICIO MONROY FOIX, Abogado, Notario Público Titular de Quillota, con domicilio en esta ciudad, calle O´Higgins N°414, certifica que por escritura pública de fecha 14 de Septiembre de 2023, otorgada ante doña Cecilia Verónica Silva Leiva, Suplente del Titular; don Garo Abde Carvajal, Rut 8.702.859-3, domiciliado calle Diego Echeverría N°463, Quillota, doña Odette Bernardita Gahona Henríquez, Rut 9.276.333-1, domiciliada calle Diego Echeverría N°463, Quillota, don Patricio Gregorio Abde Abde, Rut 7.388.690-2, domiciliado calle San Martín N°425, Quillota, don Eduardo Patricio Riquelme García, Rut 11.667.311-8, domiciliado J.J. Pérez N°507, La Calera y don Osvaldo del Carmen Orellana Díaz, Rut 9.497.563-8, domiciliado J.J. Pérez N°507, La Calera, modificaron la SOCIEDAD MEDICA ABDE & ABDE Y CIA. LIMITADA o PROMED LTDA., inscrita fojas 87 A, N°86 del Registro de Comercio del año 1995 del Conservador Bienes Raíces Quillota, de la siguiente forma: (1) Socios Garo Abde Carvajal, Odette Bernardita Gahona Henríquez y Patricio Gregorio Abde Abde se retiran de sociedad cediendo todos sus derechos sociales a Eduardo Patricio Riquelme García y Osvaldo del Carmen Orellana Díaz quienes se incorporan como socios en siguiente proporción: Eduardo Patricio Riquelme García adquiere el 50% de los derechos sociales en la suma de $15.000.000, y Osvaldo del Carmen Orellana Díaz adquiere el 50% de los derechos sociales en la suma de $15.000.000; (2) la Sociedad queda constituida por don Eduardo Patricio Riquelme García con el 50% de los derechos sociales y por don Osvaldo del Carmen Orellana Díaz con el 50% de los derechos sociales; (3) La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a ambos socios don Eduardo Patricio Riquelme García y don Osvaldo del Carmen Orellana Díaz, quienes podrán actuar de manera separada o conjunta, indistintamente con facultades descritas y enumeradas en pacto social. En lo no modificado por el presente instrumento continúa subsistiendo el pacto social. Demás estipulaciones escritura extractada.