Comercial Terrasur Limitada
Instrumento
- Fecha
- 26 de septiembre de 2023
- Repertorio
- 3150
- Notario
- PABLO VALENZUELA PÉREZ
- Domicilio
- Punta Arenas
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO VALENZUELA PÉREZ, abogado, Notario Público de Punta Arenas, con oficio en calle Lautaro Navarro N° 1048, de esta ciudad, Certifica: Por escritura pública de fecha 26 de Septiembre de 2023, Repertorio N°3150, ante mí; ENRIQUE COUVE MONTANE, chileno casado y separado totalmente de bienes, diseñador industrial, cédula nacional de identidad número 6.019.779-dos, MARIA CECILIA VARGAS JERIA, chilena cónyuge del anterior compareciente empleada cédula nacional de identidad número 8.288.060-siete, ambos domiciliados en calle Juan Williams número 010.505, casa 11 A, Pampa Alegre, de Punta Arenas, y VICENTE COUVE VARGAS, chileno, soltero, cédula nacional de identidad N° 16.047.560-9, Profesor de Música en Educación Media, domiciliado en Brisas del Sur 2, Block F, Depto. 402, quienes expresan: por escritura pública de fecha 22 de enero del año 2002, otorgada ante el notario público interino don Javier Solís Uribe, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Comercial Terrasur Limitada, rol único tributario N° 77.720.590-0, cuyo extracto se inscribió en el registro de comercio de Tierra del Fuego, a fojas dos vuelta número tres del año 2002, y se publicó en el diario oficial de fecha 4 de febrero de 2002. Son sus actuales socios don Enrique Couve Montané y doña María Cecilia Vargas Jeria, cada uno con el 50% de los derechos sociales. El capital social de acuerdo al pacto constitutivo asciende a la suma de cinco millones de pesos. Don Enrique Couve Montané, vende, cede y transfiere el total de su participación en la sociedad Comercial Terrasur Limitada en la suma de $42.506.302, a don VICENTE COUVE VARGAS, quien compra adquiere y acepta para si. El precio de la venta de los derechos sociales se pagará dentro del plazo de 3 años a contar de la fecha de este instrumento. Quedan como únicos socios don VICENTE COUVE VARGAS y doña MARIA CECILIA VARGAS JERIA, cada uno con un 50% de los derechos sociales. Actuales y únicos socios acuerdan modificar la cláusula social referida a la administración y uso de la razón social, reemplazándola por la siguiente: “La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá al socio VICENTE COUVE VARGAS, quien actuando por la sociedad representará y obligará con las más amplias facultades que en derecho procedan, pudiendo hacerlo en toda clase de actos, contratos y convenciones. Podrán por lo tanto delegar sus facultades y revocar y reasumir en cualquier momento. El administrador, representante y encargada del uso de la razón social podrá ejercer las facultades indicadas en la escritura extractada, sin que la enumeración de facultades que se hizo sea taxativa sino meramente ejemplar. Las utilidades y pérdidas se repartirán entre los socios en proporción a sus aportes. Demás estipulaciones en escritura Extractada. PUNTA ARENAS, 27 de septiembre de 2023.