CE2P INVERSIONES SpA
Instrumento
- Fecha
- 14 de septiembre de 2023
- Notario
- ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS
- Oficio
- 42ª Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $950.000.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| CRISTIAN EDUARDO PÁEZ PRIETO | socio | 10706166-5 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, abogado, Notario Público Titular de la 42ª Notaria de Santiago, Agustinas 1070 2° piso, certifica: Por escritura pública de fecha 14 de Septiembre de 2023 otorgada ante mí, CRISTIAN EDUARDO PÁEZ PRIETO, ingeniero comercial, CI N°10.706.166-5, y en su calidad de representante legal de CE2P INVERSIONES SPA, rut N°77.591.053-4, de CE2P TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN SPA, rut N°77.565.288-8, de CE2P ADMINISTRACIÓN SPA, rut N°77.565.289-6, y CE2P COMERCIAL SPA, rut N°77.565.291-8, todas del giro de su nombre, con domicilio para estos efectos en calle Nogales casa N°5301, Peñalolén, Región Metropolitana, modificaron sociedad constituida por escritura pública del 20 de mayo de 2022 en la Notaría de María Soledad Lascar Merino, denominada “CE2P INVERSIONES SPA”, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial del día 28 de mayo de 2022, y se inscribió a fojas 40.461 N°18.287 Registro de Comercio Santiago 2022. La sociedad gira con el rut N°77.591.053-4 y su capital es de $950.000.000. CE2P INVERSIONES SPA debidamente representada por CRISTIAN EDUARDO PÁEZ PRIETO, quien también es el representante legal de: CE2P TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN SPA, CE2P ADMINISTRACIÓN SPA, CE2P COMERCIAL SPA, en su condición de únicos y actuales accionistas de la sociedad, conforme al Registro de Accionistas que se exhibe en este acto y que se tiene a la vista por el Notario que autoriza, modifican los estatutos de la sociedad antes singularizada, respecto de la Cláusula Décimo Primera titulada “Junta de Accionistas”, del Título Cuarto que se titula “De las Juntas Generales de Accionistas”, complementando dicha cláusula en su parte final, quedando la misma de la siguiente forma: “TÍTULO CUARTO: De las Juntas Generales de Accionistas. DÉCIMO PRIMERO: Junta de Accionistas. La Junta de Accionistas es el órgano máximo de la administración social y tendrá las más amplias atribuciones para adoptar todos los acuerdos que estime necesarios. Los accionistas se reunirán en Juntas de Accionistas para tratar cualquier materia que diga relación con la sociedad. Las resoluciones que las Juntas adopten con arreglo a estos estatutos obligarán al administrador y a los accionistas de la sociedad. Toda vez que haya más de un accionista, habrá Juntas Ordinarias y Extraordinarias de Accionistas. Las primeras deberán ser celebradas una vez al año en el primer cuatrimestre del año y las segundas podrán serlo en cualquier tiempo que sea necesario.” En todo lo no modificado, se mantienen vigentes e inalterables las cláusulas del pacto social primitivo.- Otras menciones constan escritura extractada. Santiago, 26 de septiembre de 2023.-