CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

AquaHub.AI SpA

CVE 2384554
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
13 de septiembre de 2023
Notaría
De Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
13 de septiembre de 2023
Repertorio
39757/2023
Comuna
De Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
la comuna y ciudad de Santiago, pudiendo abrir y mantener agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero
Duración
Indefinida
Ley aplicable
Ley N° 18.046

Objeto social

El objeto de la sociedad será la ejecución por cuenta propia o ajena de las siguientes actividades: uno) La prestación de servicios y la realización de todo tipo de actividades dentro del área de tecnología, especialmente el desarrollo, comercialización y exportación de soluciones tecnológicas para la industria marina; dos) La realización de todo tipo de actividades relacionadas con el desarrollo de procesos tecnológicos, desarrollo de software y su implementación; tres) La prestación de servicios profesionales de asesorías y capacitación en servicios tecnológicos; cuatro) La explotación, fabricación, compra, venta, arriendo, leasing, importación, exportación, comercialización y distribución de todos los insumos, materias primas, productos, maquinarias, equipos y accesorios que se relacionen con el área tecnológica y demás actos y contratos relacionados con equipos tecnológicos, insumos y accesorios de los mismos, así como la capacitación en el uso de los mismos; cinco) La realización de todo tipo de estudios, asesorías, consultorías de carácter comercial, económico, financiero y técnico, relacionados con los giros señalados; seis) La realización de toda clase de inversiones, reinversión, compra, venta, explotación, administración, representación, adquisición y enajenación, a cualquier título, de todo tipo de bienes, corporales o incorporales, en particular, y sin que la presente enunciación sea taxativa, valores mobiliarios, divisas, criptomonedas, acciones, derechos y)o interés en toda clase de sociedades, créditos, bonos, debentures, operaciones de factoring, leasing, efectos de comercio en general, y cualquier otro valor mueble o activo; siete) La adquisición y enajenación de toda clase de bienes raíces, urbanos o rurales, a cualquier título; arrendamiento y subarrendamiento de inmuebles urbanos o rurales; y la explotación, administración y realización de toda clase de operaciones sobre este tipo de bienes o negocios inmobiliarios en general, incluyendo asesorías, así como la realización de todos aquellos actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones inmobiliarias que los accionistas acuerden; y ocho) En general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con éstos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus accionistas o empresas relacionadas

Administración

La administración, representación y el uso del nombre social de la compañía corresponderá a uno o más administradores designados por la junta de accionistas, quienes deberán actuar en la forma y con las facultades en que se establezca en la respectiva designación. En el segundo artículo transitorio se designa en calidad de administrador de la sociedad a don CARLOS IGNACIO YÁÑEZ IBARRA, ya individualizado, quien representará a la sociedad con las más amplias facultades

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO Notario Público Titular de la 38 Notaria De Santiago, con domicilio en calle Miraflores 178, piso 5, certifica: Por escritura pública de fecha 13 de septiembre de 2023, repertorio N° 39.757/2023, otorgada ante mí, don HUMBERTO ANTONIO ECHEVERRÍA SILVA, don JAIME ESTEBAN MIRANDA URZUA, don FRANCISCO JAVIER VARGAS RODRÍGUEZ, y don CARLOS IGNACIO YÁÑEZ IBARRA, constituyeron una sociedad por acciones que se regirá por sus estatutos, las disposiciones del Código de Comercio, y en subsidio, por las normas de la Ley N° 18.046, sus modificaciones y reglamento. Nombre Social: “AquaHub.AI SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad será la ejecución por cuenta propia o ajena de las siguientes actividades: uno) La prestación de servicios y la realización de todo tipo de actividades dentro del área de tecnología, especialmente el desarrollo, comercialización y exportación de soluciones tecnológicas para la industria marina; dos) La realización de todo tipo de actividades relacionadas con el desarrollo de procesos tecnológicos, desarrollo de software y su implementación; tres) La prestación de servicios profesionales de asesorías y capacitación en servicios tecnológicos; cuatro) La explotación, fabricación, compra, venta, arriendo, leasing, importación, exportación, comercialización y distribución de todos los insumos, materias primas, productos, maquinarias, equipos y accesorios que se relacionen con el área tecnológica y demás actos y contratos relacionados con equipos tecnológicos, insumos y accesorios de los mismos, así como la capacitación en el uso de los mismos; cinco) La realización de todo tipo de estudios, asesorías, consultorías de carácter comercial, económico, financiero y técnico, relacionados con los giros señalados; seis) La realización de toda clase de inversiones, reinversión, compra, venta, explotación, administración, representación, adquisición y enajenación, a cualquier título, de todo tipo de bienes, corporales o incorporales, en particular, y sin que la presente enunciación sea taxativa, valores mobiliarios, divisas, criptomonedas, acciones, derechos y/o interés en toda clase de sociedades, créditos, bonos, debentures, operaciones de factoring, leasing, efectos de comercio en general, y cualquier otro valor mueble o activo; siete) La adquisición y enajenación de toda clase de bienes raíces, urbanos o rurales, a cualquier título; arrendamiento y subarrendamiento de inmuebles urbanos o rurales; y la explotación, administración y realización de toda clase de operaciones sobre este tipo de bienes o negocios inmobiliarios en general, incluyendo asesorías, así como la realización de todos aquellos actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones inmobiliarias que los accionistas acuerden; y ocho) En general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con éstos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus accionistas o empresas relacionadas. Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio en la comuna y ciudad de Santiago, pudiendo abrir y mantener agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero. Duración: La duración de la sociedad será indefinida. Capital: $1.000.000, dividido en 1.000.000 de acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, suscritas y pagadas de la siguiente forma: uno) Don HUMBERTO ANTONIO ECHEVERRÍA SILVA suscribe 130.000 acciones por la suma de $130.000, monto que pagó en el acto, de contado y en dinero efectivo; dos) Don JAIME ESTEBAN MIRANDA URZUA suscribe 500.000 acciones por la suma de $500.000, monto que pagó en el acto, de contado y en dinero efectivo; tres) Don FRANCISCO JAVIER VARGAS RODRÍGUEZ suscribe 130.000 acciones por la suma de $130.000, monto que pagó en el acto, de contado y en dinero efectivo; y cuatro) Don CARLOS IGNACIO YÁÑEZ IBARRA suscribe 240.000 acciones por la suma de $240.000, monto que pagó en el acto, de contado y en dinero efectivo. En consecuencia, el capital social queda íntegramente suscrito y pagado. Administración: La administración, representación y el uso del nombre social de la compañía corresponderá a uno o más administradores designados por la junta de accionistas, quienes deberán actuar en la forma y con las facultades en que se establezca en la respectiva designación. En el segundo artículo transitorio se designa en calidad de administrador de la sociedad a don CARLOS IGNACIO YÁÑEZ IBARRA, ya individualizado, quien representará a la sociedad con las más amplias facultades. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 15 de septiembre de 2023.-