Instrumento
- Fecha
- 22 de septiembre de 2023
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, Abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos número 941, local 302, comuna de Santiago, certifica: que por escritura pública de fecha 22 de septiembre de 2023, repertorio número 14.281-2023, ante mí: Diego Vicente Peña Diez, cédula de identidad número 15.638.175-6 domiciliado para estos efectos en El Golf 150, piso 10, Comuna de Las Condes, constituyó una sociedad por acciones (en adelante, la “Sociedad”) de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Razón Social: “Tesla Chile SpA”. Duración: Indefinida. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: (a) La importación, exportación, fabricación, comercialización, distribución y venta de vehículos, especialmente de vehículos eléctricos, como también de repuestos y accesorios relacionados con los mismos, así como la prestación de servicios de comercialización, mantención y reparación de vehículos, directamente o a través de terceros, en Chile o en el extranjero; (b) La generación de energía y electricidad, incluyendo pero no limitado al autoabastecimiento, cogeneración o pequeña producción, así como el diseño, instalación, operación y mantenimiento de los sistemas para la generación de electricidad, incluyendo los referidos al aprovechamiento de recursos naturales tales como solar (en cualquiera de sus modalidades), eólica, hidráulica, combinada y en general cualquier otro sistema para la generación de electricidad, así como la adquisición, importación y exportación de equipos y refacciones relacionadas con todos y cada uno de los equipos de los sistemas para la generación de energía o electricidad en general; (c) La importación, servicio de instalación, mantenimiento y facturación de servicios de carga; (d) El suministro de energía a usuarios finales; (e) Constituir y participar, directa o indirectamente, en el capital social y/o en la administración de otras sociedades, asociaciones, personas jurídicas y entidades civiles o mercantiles, nacionales o extranjeras, asociaciones, sociedades, fideicomisos o entidades de cualquier tipo, al momento de su constitución, o adquirir acciones, partes sociales, derechos o participaciones en sociedades, asociaciones, personas jurídicas y entidades de cualquier índole, ya existentes, así como transmitir o gravar, bajo cualquier título legal, dichas acciones, derechos o partes sociales, en Chile o en el extranjero; (f) Adquirir en propiedad o arrendamiento o disponer en cualquier forma de toda clase de bienes muebles o inmuebles, así como los derechos reales o personales que sean necesarios para el desarrollo de su objeto social; (g) Otorgar, aceptar, certificar o suscribir, incluso como avalista, toda clase de instrumentos permitidos por la Ley; (h) Obtener, otorgar, adquirir, registrar, utilizar, explotar y disponer bajo cualquier título legal, todo tipo de franquicias, licencias, patentes, marcas, solicitudes de marcas, solicitudes de patentes, nombres o avisos comerciales o derechos sobre los mismos, derechos de autor, invenciones y cualquier otro tipo de creación intelectual; (i) Representar como apoderado, agente, comisionista o en cualquier otra forma, a personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, en Chile o en el extranjero; (j) Proporcionar a las sociedades de las que sea accionista o socio, o con las que establezca una relación de negocios, servicios de asesoría y consultoría en materia administrativa, comercial o financiera; (k) La prestación o recepción de toda clase de servicios de consultoría, técnicos y profesionales; (l) El otorgamiento o aceptación de licencias para el uso de software, así como la comercialización de su base de datos y en general de todos sus activos fijos; y (m) En general, la celebración, en nombre propio o ajeno, de todo tipo de convenios y contratos civiles, comerciales o de cualquier otra índole, así como la realización de operaciones y actos, de cualquier naturaleza, que sean necesarios o convenientes para la realización del objeto social. Para tales objetos, la Sociedad, entre otros actos, podrá siempre y en todo momento contraer, suscribir y celebrar todas aquellas obligaciones, contratos o acuerdos que sean directa o indirectamente convenientes o necesarios para el íntegro, adecuado y oportuno cumplimiento de su objeto social. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que puedan establecerse en otras ciudades del país o del extranjero. Capital: $1.000.000 de pesos, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de la misma serie, y sin valor nominal que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 26 de septiembre de 2023.