MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Servicios e Inversiones Mar Bravo Limitada

RUT 96643730-8 CVE 2383787
Capital
$4.122 CLP
Fecha instrumento
31 de julio de 2023
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
31 de julio de 2023
Notario
Notario Suplente de don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36º Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$4.122 CLP
Domicilio
ciudad de Santiago
Duración
El plazo de la sociedad es de 5 años a contar de la fecha de la escritura extractada, entendiéndose renovado en forma automática y sucesiva, por períodos de 5 años cada uno en forma indicada en escritura extractada

Objeto social

El objeto de la sociedad será la prestación de servicios y la asesoría de empresas en lo relativo a su administración, gestión, gerencia, contabilidad, auditoría, abastecimiento, transporte, personal, programación, métodos y sistemas computacionales, estudio de mercado, publicidad u otros análogos que las empresas requieran; la inversión inmobiliaria, para lo cual podrá adquirir toda clase de bienes raíces, administrar dichas propiedades, darlas y tomarlas en arrendamiento y percibir sus rentas: la inversión mobiliaria, para lo cual podrá adquirir toda clase de bienes muebles, tales como acciones, bonos, pagarés, letras hipotecarias u otros valores mobiliarios o títulos de renta o inversión; la explotación agrícola en general y especialmente en los rubros frutícola, vitivinícola, pecuarios forestal; la participación como accionista en sociedades anónimas, o socia de sociedades de responsabilidad limitada, colectivas o en comandita o de cualquier otro tipo o naturaleza, que tenga un objeto análogo al mencionado

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Notario Suplente de don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular, 36º Notaría de Santiago, La Concepción Nº 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 31 de julio de 2023, repertorio número 24.958, ante mí, don RODRIGO ANDRÉS CRUZ VIAL; doña FRANCISCA ANA CRUZ VIAL; don CRISTÓBAL EDUARDO CRUZ VIAL; y doña CAROLINA TERESA CRUZ VIAL; por una parte, en su calidad de actuales y únicos socios de la sociedad INVERSIONES PUERTO CRUZ LIMITADA, y por la otra, don RODRIGO ANDRÉS CRUZ VIAL; doña FRANCISCA ANA CRUZ VIAL; don CRISTÓBAL EDUARDO CRUZ VIAL; y doña CAROLINA TERESA CRUZ VIAL y la sociedad INVERSIONES PUERTO CRUZ LIMITADA, en su calidad de actuales y únicos socios de la sociedad SERVICIOS E INVERSIONES MAR BRAVO LIMITADA, todos los anteriores domiciliados, para estos efectos, en Camino Francisco de Asís número 970, departamento 231, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, acordaron modificar las sociedades “INVERSIONES PUERTO CRUZ LIMITADA” y “SERVICIOS E INVERSIONES MAR BRAVO LIMITADA”. Modificaciones consisten en: 1) Fusión por incorporación: La fusión por incorporación de SERVICIOS E INVERSIONES MAR BRAVO LIMITADA con INVERSIONES PUERTO CRUZ LIMITADA, sociedad ésta última que será absorbida por SERVICIOS E INVERSIONES MAR BRAVO LIMITADA, mediante la incorporación de todos sus activos y pasivos, a valores financieros, al patrimonio de la sociedad absorbente que, a su vez, será la sucesora legal de la sociedad absorbida, produciéndose la disolución de ésta sin que proceda su liquidación. Como resultado de la fusión acordada, se acuerda que el capital de SERVICIOS E INVERSIONES MAR BRAVO LIMITADA fusionada con INVERSIONES PUERTO CRUZ LIMITADA, quedará fijado en $4.122.024. 2) Nuevo texto refundido de los estatutos sociales: Como consecuencia de la fusión, Rodrigo Cruz Vial, Francisca Cruz Vial, Cristóbal Eduardo Cruz Vial, Carolina Teresa Cruz Vial, en su calidad de únicos socios de SERVICIOS E INVERSIONES MAR BRAVO LIMITADA, acordaron re pactar y fijar nuevo texto refundido de los estatutos sociales, de los cuales extracto: Nombre: "SERVICIOS E INVERSIONES MAR BRAVO LIMITADA”. Domicilio: ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se establezcan en el resto del país. Objeto: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios y la asesoría de empresas en lo relativo a su administración, gestión, gerencia, contabilidad, auditoría, abastecimiento, transporte, personal, programación, métodos y sistemas computacionales, estudio de mercado, publicidad u otros análogos que las empresas requieran; la inversión inmobiliaria, para lo cual podrá adquirir toda clase de bienes raíces, administrar dichas propiedades, darlas y tomarlas en arrendamiento y percibir sus rentas: la inversión mobiliaria, para lo cual podrá adquirir toda clase de bienes muebles, tales como acciones, bonos, pagarés, letras hipotecarias u otros valores mobiliarios o títulos de renta o inversión; la explotación agrícola en general y especialmente en los rubros frutícola, vitivinícola, pecuarios forestal; la participación como accionista en sociedades anónimas, o socia de sociedades de responsabilidad limitada, colectivas o en comandita o de cualquier otro tipo o naturaleza, que tenga un objeto análogo al mencionado. Capital: $4.122.024 aportado y pagado por los socios en la siguiente proporción: Uno) Don Rodrigo Cruz Vial, la suma de $1.030.506, que corresponde a un 25% de participación en el capital social; Dos) Doña Francisca Cruz Vial, la suma de $1.030.506, que corresponde a un 25% de participación en el capital social; Tres) Don Cristóbal Eduardo Cruz Vial la suma de $1.030.506, que corresponde a un 25% de participación en el capital social; Cuatro) Doña Carolina Terea Cruz Vial, la suma de $1.030.506, que corresponde a un 25% de participación en el capital social. Duración: El plazo de la sociedad es de 5 años a contar de la fecha de la escritura extractada, entendiéndose renovado en forma automática y sucesiva, por períodos de 5 años cada uno en forma indicada en escritura extractada. Responsabilidad de los socios: Limitada al monto respectivos aportas. Administración y uso razón social: Corresponderá a don Rodrigo Cruz Vial con facultades que se indican en escritura extractada y quien ejercerá personalmente o a través de uno o más apoderados designados especialmente al efecto, por escritura pública de la cual se tomará razón al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 21 de septiembre de 2023.-