B&G TRANSPORTE SpA
Instrumento
- Fecha
- 13 de septiembre de 2023
- Repertorio
- 5368-2023
- Notario
- LINDA SCARLETT BOSCH JIMÉNEZ
- Oficio
- Vigésima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
a) Transporte urbano, interurbano, nacional e internacional de pasajeros, cargas, encomiendas y fletes; por cuenta propia o ajena, en vehículos propios o de terceros, y en general, toda clase actividades relacionadas con el transporte como con el arriendo de todo tipo de vehículos motorizados con o sin chofer, camiones o maquinarias pesadas; b) servicio de transporte de superficie mediante buses, camiones o vehículos de cualquier tecnología, así como las anexas a dicho giro, pudiendo con tal fin constituir o participar en sociedades y efectuar cualquier acto u operación relacionados con el objeto social; c) Servicios de transporte de trabajadores; d) Servicios de transporte de turistas y otras actividades de transporte de pasajeros por vía terrestre; e) Transporte de carga por carreteras; f) compraventa, arriendo, subarriendo y)o leasing operacional de vehículos de cualquier tecnología; g) servicios de lubricación, reparación de frenos, compra y venta, distribución de repuestos y accesorios, electricidad y mecánica en general de cualquier tipo de vehículos motorizados del turismo nacional e internacional, en sus diversas formas; h) Otras actividades complementarias; como también i) la compra, venta, importación, exportación y comercialización de toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales; la inversión en toda clase de títulos, acciones bonos, valores mobiliarios y derechos sociales, sea formando sociedades o incorporándose en otras.” La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña María Cecilia Guzmán Miranda, denominada “la administradora” quien ejercerá por sí o por intermedio de apoderados o delegados designados especialmente al efecto por medio de escritura pública. La administradora, por sí o por medio de los apoderados que designe al efecto, tendrá las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejercer la representación judicial y extrajudicial de la sociedad en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicos, actos, contratos, que guarden relación con el objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines, con cada una de las facultades que allí señala”. Se suprime el artículo tercero transitorio relativo al poder especial allí indicado. Se tuvo a la vista el libro de registro de accionista, donde consta que MARÍA CECILIA GUZMÁN MIRANDA, es a la fecha la única
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLINDA SCARLETT BOSCH JIMÉNEZ, abogado, Notario Público Titular de la Vigésima Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo número cuatro mil novecientos noventa, Las Condes, Santiago, certifico: que por Reducción a Escritura Pública otorgada Hoy, ante mí, Repertorio N° 5368-2023, Doña MARÍA CECILIA GUZMÁN MIRANDA manifestó que el objeto de la Junta Extraordinaria de B&G TRANSPORTE SPA fue someter a aprobación de los accionistas, las siguientes materias: a) Sustituir el artículo segundo respecto al giro u objeto de la sociedad; b)Sustituir el artículo décimo tercero respecto a la administración de la sociedad; c)Suprimir el artículo tercero transitorio relativo al poder especial al que hace referencia. El Objeto de B&G TRANSPORTE SPA es: “Artículo Segundo: La Sociedad tendrá por objeto: a) Transporte urbano, interurbano, nacional e internacional de pasajeros, cargas, encomiendas y fletes; por cuenta propia o ajena, en vehículos propios o de terceros, y en general, toda clase actividades relacionadas con el transporte como con el arriendo de todo tipo de vehículos motorizados con o sin chofer, camiones o maquinarias pesadas; b) servicio de transporte de superficie mediante buses, camiones o vehículos de cualquier tecnología, así como las anexas a dicho giro, pudiendo con tal fin constituir o participar en sociedades y efectuar cualquier acto u operación relacionados con el objeto social; c) Servicios de transporte de trabajadores; d) Servicios de transporte de turistas y otras actividades de transporte de pasajeros por vía terrestre; e) Transporte de carga por carreteras; f) compraventa, arriendo, subarriendo y/o leasing operacional de vehículos de cualquier tecnología; g) servicios de lubricación, reparación de frenos, compra y venta, distribución de repuestos y accesorios, electricidad y mecánica en general de cualquier tipo de vehículos motorizados del turismo nacional e internacional, en sus diversas formas; h) Otras actividades complementarias; como también i) la compra, venta, importación, exportación y comercialización de toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales; la inversión en toda clase de títulos, acciones bonos, valores mobiliarios y derechos sociales, sea formando sociedades o incorporándose en otras.” La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña María Cecilia Guzmán Miranda, denominada “la administradora” quien ejercerá por sí o por intermedio de apoderados o delegados designados especialmente al efecto por medio de escritura pública. La administradora, por sí o por medio de los apoderados que designe al efecto, tendrá las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejercer la representación judicial y extrajudicial de la sociedad en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicos, actos, contratos, que guarden relación con el objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines, con cada una de las facultades que allí señala”. Se suprime el artículo tercero transitorio relativo al poder especial allí indicado. Se tuvo a la vista el libro de registro de accionista, donde consta que MARÍA CECILIA GUZMÁN MIRANDA, es a la fecha la única accionista. - Demás estipulaciones en escritura extractable. - Santiago, 13 de septiembre de 2023.-