MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad de Inversiones Neoinvest Limitada

RUT 76324300-1 CVE 2383056
Capital
$1.105.000 CLP
Fecha instrumento
14 de agosto de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
14 de agosto de 2023
Repertorio
6900/2023
Notario
Myriam Amigo Arancibia
Oficio
21ª Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.105.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Myriam Amigo Arancibia, Abogado, Notario Público Titular de la 21ª Notaría Santiago, domiciliada en Huérfanos Nº 578, Santiago, certifico: Por escritura pública con fecha 14/08/2023, repertorio Nº 6.900/2023, ante mí, don Marcelo Ángelo Cantergiani Rabanal, doña Juanita Sylvia Sepúlveda Jiménez, don Matías Marcelo Cantergiani Sepúlveda, doña Valentina Paz Cantergiani Sepúlveda, don Tomás Pedro Cantergiani Sepúlveda, y don Vicente Simón Cantergiani Sepúlveda, todos domiciliados en calle Alcántara número doscientos, oficina quinientos dos, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, modificaron la Sociedad de Inversiones Neoinvest Limitada, sociedad que rola inscrita a fojas 27.521, número 19.837 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2005, en la siguiente forma: Uno) Los socios acordaron que ingrese a la sociedad en calidad de socio, don Vicente Simón Cantergiani Sepúlveda, quien aceptó íntegramente los estatutos sociales; Dos) Los actuales y únicos socios de la sociedad, en virtud de haber vencido el plazo de tres años para pagar y enterar en arcas sociales parte del aumento de capital de la sociedad pactado con fecha 9/12/2016 acordaron disminuir el capital social desde la suma de $1.105.000.000 a la cantidad íntegramente pagada correspondiente a $560.955.000, de los cuales don Marcelo Ángelo Cantergiani Rabanal pagó la cantidad de $554.855.000, y doña Juanita Sylvia Sepúlveda Jiménez pagó la cantidad de $6.100.000; Tres) Los socios, luego aumentaron el capital social de $560.955.000 a la suma de $739.807.000. El aumento de capital de $178.852.000 será suscrito y pagado íntegramente por doña Juanita Sylvia Sepúlveda Jiménez, don Matías Marcelo Cantergiani Sepúlveda, doña Valentina Paz Cantergiani Sepúlveda, don Tomás Pedro Cantergiani Sepúlveda, y don Vicente Simón Cantergiani Sepúlveda. En consecuencia, se modifica el Artículo Quinto del Estatuto Social por el siguiente: “QUINTO: Capital.- El capital de la sociedad es la suma de setecientos treinta y nueve millones ochocientos siete mil pesos, que se encuentra íntegramente suscrito y pagado. El capital social se aportó, y aporta en este acto, de la siguiente forma: A) Don MARCELO ÁNGELO CANTERGIANI RABANAL, aportó la suma de quinientos cincuenta y cuatro millones ochocientos cincuenta y cinco mil pesos, que se encuentra íntegramente pagado con anterioridad a esta fecha, lo que representa un setenta y cinco por ciento de los derechos sociales. B) Doña JUANITA SYLVIA SEPÚLVEDA JIMÉNEZ, aporta la suma de treinta y seis millones novecientos noventa mil cuatrocientos pesos, de los cuales seis millones cien mil pesos se encuentran pagados con anterioridad a esta fecha, y el saldo de treinta millones ochocientos noventa mil cuatrocientos pesos, se paga este acto, y en dinero efectivo, lo que representa un cinco por ciento de los derechos sociales. C) Don MATÍAS MARCELO CANTERGIANI SEPÚLVEDA, aporta la suma de treinta y seis millones novecientos noventa mil cuatrocientos pesos, que se paga en este acto y en dinero efectivo, lo que representa un cinco por ciento de los derechos sociales. D) Doña VALENTINA PAZ CANTERGIANI SEPÚLVEDA, aporta la suma de treinta y seis millones novecientos noventa mil cuatrocientos pesos, que se paga este acto y en dinero efectivo, lo que representa un cinco por ciento de los derechos sociales. E) Don TOMÁS PEDRO CANTERGIANI SEPÚLVEDA, aporta la suma de treinta y seis millones novecientos noventa mil cuatrocientos pesos, que se paga este acto y en dinero efectivo, lo que representa un cinco por ciento de los derechos sociales. y F) Don VICENTE SIMON CANTERGIANI SEPULVEDA, aporta la suma de treinta y seis millones novecientos noventa mil cuatrocientos pesos, que se paga este acto y en dinero efectivo, lo que representa un cinco por ciento de los derechos sociales”; y Cuatro) Además, los socios modificaron parcialmente el artículo Sexto de los estatutos sociales, por el siguiente: “ARTÍCULO SEXTO: La administración y el uso de la razón social, corresponderá a uno cualquiera de los socios don Marcelo Ángelo Cantergiani Rabanal y/o doña Juanita Sylvia Sepúlveda Jiménez, quienes actuando individualmente, y bajo su firma personal precedida de la razón social, representaran a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos que tengan relación con el objeto social y pudiendo especialmente además, realizar cada una de las facultades que se enumeran en forma no taxativa en el artículo Sexto de la constitución social de fecha uno de agosto de dos mil cinco, y que se dan por íntegramente reproducidas una a una, en ese acápite”. Demás estipulaciones constan en escritura que extracto. Santiago, 21 de septiembre de 2023.