SERVICIOS DE INFORMACIÓN YAPP SpA
Instrumento
- Fecha
- 13 de septiembre de 2023
- Repertorio
- 9864-2023
- Notario
- PATRICIO RABY BENAVENTE
- Oficio
- 5° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.343.758.449 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO RABY BENAVENTE, Notario Público Titular de la 5° Notaría de Santiago, con domicilio en Gertrudis Echenique 30, oficina 32, Las Condes, Santiago, certifica que: por escritura pública otorgada el 13 de septiembre de 2023, repertorio N°9864-2023, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de la séptima junta extraordinaria de accionistas, celebrada con fecha 1 de septiembre de 2023, de SERVICIOS DE INFORMACIÓN YAPP SpA (la "Sociedad"), RUT 76.860.575-0, inscrita a fojas 19.702, número 10.538 del Registro de Comercio de Santiago de 2018, en la que se acordó, entre otras materias, modificar los estatutos de la Sociedad en el sentido de aumentar el capital social de la suma de $1.343.758.449, dividido en 13.908 acciones, de las cuales: i) 9.605 corresponden a acciones ordinarias con derecho a voto, nominativas y sin valor nominal; ii) 2.891 corresponden a acciones preferentes Serie A, con derecho a voto, nominativas y sin valor nominal; y iii) 1.412 corresponden a acciones preferentes Serie ESOP sin derecho a voto, nominativas y sin valor nominal; a la cantidad de $1.889.575.869, mediante la emisión de 12.015 nuevas acciones de pago preferentes Serie A, nominativas y sin valor nominal, las que se encuentran suscritas y pagadas, y se suscribirán y pagaran, según se indica en el artículo primero transitorio. En virtud de la modificación de capital antes referida, se modificaron los estatutos de la Sociedad, reemplazando los Artículos Quinto y Primero Transitorio por los siguientes: “Artículo Quinto. El capital de la Sociedad es la suma de mil ochocientos ochenta y nueve millones quinientos setenta y cinco mil ochocientos sesenta y nueve pesos, el que se divide en veinticinco mil novecientas veintitrés acciones, de las cuales: i) nueve mil seiscientas cinco corresponden a acciones ordinarias con derecho a voto, nominativas y sin valor nominal; ii) catorce mil novecientas seis corresponden a acciones preferentes Serie A, con derecho a voto, nominativas y sin valor nominal; y iii) mil cuatrocientas doce a acciones preferentes Serie ESOP sin derecho a voto, nominativas y sin valor nominal; las cuales se suscriben y pagan en la forma y plazos indicados en la cláusula Primera Transitoria de estos Estatutos. Las características y preferencias de las acciones ordinarias, las acciones Serie A y las acciones Serie ESOP son las que se indican en los artículos séptimo, vigésimo sexto y trigésimo séptimo de los Estatutos. Los privilegios y características de las acciones Serie ESOP terminarán el día primero de enero de dos mil cincuenta, transformándose a contar de dicha fecha las acciones en acciones de una serie única de acciones ordinarias, con iguales derechos, sin necesidad de declaración alguna al respecto. El capital y los aumentos de capital, si los hubiere, podrán pagarse en dinero o bienes o servicios valorados. La valoración de éstos se acordará por la unanimidad de los accionistas con derecho a voto con ocasión de cada aumento de capital que se acordare. En el evento de falta de acuerdo, la valoración la efectuará el árbitro que se designe en conformidad a lo pactado en el artículo trigésimo sexto de este instrumento.”, y “Artículo Primero Transitorio. El capital social, de conformidad a lo estipulado en el artículo quinto de estos Estatutos, es la suma de mil ochocientos ochenta y nueve millones quinientos setenta y cinco mil ochocientos sesenta y nueve pesos, el que se divide en veinticinco mil novecientas veintitrés acciones, de las cuales: i) nueve mil seiscientas cinco corresponden a acciones ordinarias con derecho a voto, nominativas y sin valor nominal; ii) catorce mil novecientas seis corresponden a acciones preferentes Serie A, con derecho a voto, nominativas y sin valor nominal; y iii) mil cuatrocientos doce corresponden a acciones preferentes Serie ESOP sin derecho a voto, nominativas y sin valor nominal; las cuales se han suscrito y pagado, y se suscribirán y pagarán, de la siguiente forma: i) nueve mil seiscientas cinco acciones ordinarias que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas; ii) mil setecientas noventa acciones Serie A que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas; iii) trece mil ciento dieciséis acciones Serie A se encuentran pendientes de suscripción y pago, las que deberán ser suscritas y pagadas dentro del plazo máximo de tres años contados desde el uno de septiembre de dos mil veintitrés; y vi) mil cuatrocientas doce acciones Serie ESOP que se encuentran pendientes de suscripción y pago, las que deberán ser suscritas y pagadas dentro del plazo máximo de diez años contados desde el dieciséis de noviembre de dos mil veinte.” Demás acuerdos y estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 15 de septiembre de 2023. PATRICIO RABY BENAVENTE, Notario Público Titular.