Importadora y Distribuidora Apache SpA
Instrumento
- Fecha
- 21 de agosto de 2023
- Notario
- PATRICIO RABY BENAVENTE
- Domicilio
- Santiago
- Comuna
- Antonieta Mendoza Escalas
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO RABY BENAVENTE, Notario Público de Santiago, Gertrudis Echenique Nº 30, oficina 32, Las Condes, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 21 de agosto de 2023, Rep. Nº 8913-20223 ante mí, compareció don JUAN CARLOS PARAM SALAME, cédula de identidad Nº 6.694.407-7, domiciliado en calle Apache Nº 447, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en su calidad de único y actual socio de IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA APACHE SpA, constituida como IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA APACHE LIMITADA por escritura pública 29 de septiembre de 2014, otorgada en la Notaria de doña Nancy de La Fuente Hernández, inscrita a fojas 75.397, Nº 45.818 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2014 y publicado en el Diario Oficial de fecha 23 de octubre de 2014 y modificada por: a) escritura pública de fecha 30 de agosto de 2017 otorgada en la Notaria de Antonieta Mendoza Escalas, inscrita a fojas 80.176 Nº 43189 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2017 y publicado en el Diario Oficial de fecha 21 de octubre de 2017; y b) por escritura pública de 12 octubre de 2018 otorgada en la Notaria de don Álvaro González Salinas, inscrita a fojas 82.306 bajo el Nº 42.175 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2018 y publicado en el Diario Oficial de fecha 03 de noviembre de 2018. En virtud de dicho instrumento, don JUAN CARLOS PARAM SALAME modifica los Estatutos de la sociedad en los siguientes términos: a) reemplaza el artículo séptimo, debiendo éste decir “La sociedad será administrada por un gerente general, que en la forma que se señala en el artículo DECIMO SEGUNDO, estará investido de todas las facultades de administración y de disposición, sin que sea necesario otorgarle poder alguno ni acreditarlas ante terceros, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exigen estas circunstancias. El gerente general será designado por los accionistas, bastando para ello mayoría absoluta de las acciones con derecho a voto y durará en su ejercicio por el plazo de tres años, al término del cual podrán ratificarse por igual periodo por junta de accionistas, con igual quorum que para su designación”; b) reemplaza el primer párrafo del artículo décimo segundo por el siguiente texto: “La administración, representación y uso de la razón social corresponderá con amplias facultades al Gerente General de la sociedad, quien anteponiendo la razón social a su firma podrá celebrar todos los actos, contratos y convenciones necesarias para el cumplimiento del objeto social”. Las facultades de administración serán aquellas enumeradas en los demás párrafos del artículo décimo segundo vigente, las cuales se dan por íntegramente reproducidas. Demás estipulaciones estructura extractada. Santiago, 13 de septiembre de 2023.- Patricio Raby Benavente.- Notario Público.