Instrumento
- Fecha
- 13 de septiembre de 2023
- Notario
- PEDRO CARLOS YAÑEZ MIZON
- Domicilio
- Titular don Carlos Ruiz Bahamondes
- Comuna
- San Bernardo
Sociedad
- Domicilio
- Su domicilio será la ciudad y comuna de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
la sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPEDRO CARLOS YAÑEZ MIZON, abogado, Notario Público Suplente del Titular don Carlos Ruiz Bahamondes, de la Primera Notaría de San Bernardo, con oficio en calle Covadonga 516 local 13 y 14, certifico que, por escritura pública, de hoy ante mí, don CARLOS GUILLERMO ARAYA CASTRO, chileno, cédula nacional de identidad número trece millones cuarenta y dos mil novecientos doce guion dos, con domicilio en calle Arturo Prat numero setecientos cincuenta y siete oficina doce, de la comuna de Santiago, y de paso en esta, ciudad de Santiago, constituyó la sociedad por acciones HYDROSERV SpA.- OBJETO: la sociedad tendrá por objeto: A) servicios de ingeniería y montaje de equipos tratamiento de agua, potable, subterráneas, superficiales (naturales y artificiales), y marítimas, evacuación de aguas, construcción estructuras sólidas, y eléctricas. B) Representaciones a nivel nacional e internacional, comercialización de productos, bienes y servicios técnicos y/o profesionales en general. DOMICILIO: Su domicilio será la ciudad y comuna de Santiago sin perjuicio de poder establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero.-ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: La administración de la sociedad, representante legal y el uso de la razón social corresponderá a don CARLOS GUILLERMO ARAYA CASTRO, quien tendrá las más amplias facultades de administración y disposición de bienes. CAPITAL: El capital de la sociedad de dos millones de pesos en cien acciones, todas nominativas, de igual valor y sin valor nominal, que se suscriben, enteran y pagan en este acto, declarando la sociedad HYDROSERV SpA, recibir dicha cantidad en dinero efectivo a su entera satisfacción. DURACIÓN: La duración de la sociedad será indefinida a contar de esa fecha.- Demás estipulaciones en escritura extractada. San Bernardo, 13 de Septiembre 2023-Rep. 1035.