AGRÍCOLA AGROPASTO SpA
Instrumento
- Fecha
- 5 de enero de 2012
- Notario
- PABLO EISENDECHER BERTIN
- Oficio
- 2da Notaria Osorno
- Comuna
- Osorno
Sociedad
- Capital
- $3.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO EISENDECHER BERTIN, Abogado, Notario Público Titular, 2da Notaria Osorno, certifico: Con fecha de 24 de agosto de 2023, CLAUDIA MARTÍNEZ INFANTE, DANIEL MOLINA WALBURG y NESTOR RAMSES ACUÑA CASTILLO, sanean sociedad por acciones “AGRÍCOLA AGROPASTO SPA”, constituida por escritura pública de 5 de enero de 2012, notario público de Osorno Harry Winter, extracto inscrito a fjs. 44 N°36 del Registro De Comercio de Osorno 2012, modificada por escritura pública de 3 de febrero de 2014 otorgada ante notario público de Osorno don Harry Winter, extracto inscrito a fjs. 85vta N°52 del año 2014, Registro de Comercio de Osorno. Finalmente modificada por escritura pública de 20 de octubre de 2016, otorgada en la notaría de Osorno de don José Dolmestch, extracto inscrito a fjs. 571 N°299 del Registro de Comercio de Osorno de 2016. ACTO QUE SE SANEA. Escritura pública de 20 de octubre de 2016, notaría de Osorno de don José Dolmestch Urra, extracto inscrito a fojas 571, N°299 del Registro de Comercio de Osorno de 2016. Acto que se sanea consiste en el incumplimiento imperfecto de las menciones que la ley ordena incluir, en este caso lo relacionado al capital de la sociedad. Se complementa CLÁUSULA SEGUNDA, LETRA C en los términos siguientes: QUE LA PARTICIPACIÒN DE CADA SOCIO, esto es NESTOR FRANCISCO RAMSES ACUÑA CASTILLO, dueño del 60% del total de los derechos sociales y doña CLAUDIA ESTER MARTINEZ INFANTE, dueña del 40% del total de los derechos sociales, se determina en consideración al capital efectivamente aportado a la sociedad “AGRICOLA AGROPASTO LIMITADA”, de manera que vienen en modificar el capital de la misma sociedad, quedando como capital definitivo y enterado la suma de $3.000.000; SEGUNDO: Se complementa artículo sexto de los estatutos en los siguientes términos: QUE EL CAPITAL DE LA SOCIEDAD POR ACCIONES “AGRICOLA AGROPASTO SpA” SE DETERMINA EN RAZÓN DE LOS APORTES QUE EFECTIVAMENTE SE ENTERARON A LA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA “AGRICOLA AGROPASTO LIMITADA”. MODIFICACION: Se modifica cláusula 2° LETRA C al siguiente tenor: se reemplaza en su totalidad la letra C por lo siguiente: “C)Los socios acuerdan que el porcentaje de participación social que les corresponde a cada uno en el total de la sociedad es el siguiente: Uno) el socio don NESTOR FRANCISCO RAMSES ACUÑA CASTILLO queda dueño de un 66,67% del total de los derechos sociales y; Dos) la socia doña CLAUDIA ESTER MARTÍNEZ INFANTE queda dueña de del 33,33% por ciento del total de los derechos sociales”; DOS) se modifica artículo PRIMERO TRANSITORIO de los Estatutos al siguiente tenor: se reemplaza en su totalidad numeral UNO por el siguiente: “UNO) don NESTOR FRANCISCO RAMSES ACUÑA CASTILLO suscribe 67 ACCIONES, que representan un valor de $2.000.000 y que corresponde a un 66,67% del capital de la sociedad. Este aporte es enterado de la siguiente forma: aporta en dominio, enterándose en este acto todos los derechos, que corresponden por el capital social ya aportado a la sociedad de responsabilidad limitada que se transforma y que se da por ingresado a la caja social”; se reemplaza en su totalidad numeral DOS por el siguiente: “DOS) y doña CLAUDIA ESTER MARTINEZ INFANTE suscribe 33 acciones, que representan un valor de $1.000.000 y que corresponde a un 33,43 por ciento del capital de la sociedad. Este aporte es enterado de la siguiente forma: aporta en dominio, enterándose en este acto todos los derechos, que corresponden por el capital social ya aportado a la sociedad de responsabilidad limitada que se transforma y que se da por ingresado a la caja social”; En lo no complementado y modificado rige íntegramente estipulaciones de la escritura que en este acto se complementa, modifica y sanea. Osorno, 11 de Septiembre del año 2023.