MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD ASESORÍAS Y COMERCIAL KUSCEVIC Y OTRO LIMITADA

RUT 77399250-9 CVE 2381070
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
3 de agosto de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
3 de agosto de 2023
Notario
Juan Ricardo San Martín Urrejola
Oficio
Cuadragésima Tercera Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Juan Ricardo San Martín Urrejola, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaria de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°835, piso 18, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 03 de agosto de 2023, ante mí, don Víctor Andrés Venegas Diaz, doña María Paola Kuscevic Nazar y doña Josefa Salas Kuscevic, todos domiciliados para estos efectos en Avenida del Parque N°5339, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana, modificaron la sociedad denominada SOCIEDAD ASESORÍAS Y COMERCIAL KUSCEVIC Y OTRO LIMITADA (en adelante la “Sociedad”), inscrita a fojas 30.492, número 24.319 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1999, en el siguiente sentido: UNO) don Víctor Andrés Venegas Díaz vendió, cedió y transfirió la totalidad de sus derechos sociales en la Sociedad a doña Josefa Salas Kuscevic. El precio de la cesión ascendió a la suma única y total de $100.000. DOS) Producto de lo anterior, don Víctor Andrés Venegas Díaz se retiró de la Sociedad como socio e ingresó como tal doña Josefa Salas Kuscevic, lo cual fue aceptado por la unanimidad de los socios de la Sociedad. TRES) Con el objeto de dar cuenta de lo anterior, se sustituyó el artículo quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la suma de $5.000.000, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado en las siguientes proporciones: a) doña María Paola Kuscevic Nazar, con la suma de $4.900.000, equivalente a un 98% del capital e interés social; y b) doña Josefa Salas Kuscevic, con la suma $100.000, equivalente a un 2% del capital e interés social.”. En todo lo no modificado, se mantienen vigente las demás estipulaciones de los estatutos de la Sociedad, en especial lo relativo a que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Se facultó al portador de copia autorizada de este extracto para la legalización. Santiago, 12 de septiembre de 2023.