CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS PROELECTRIC BIOBIO LIMITADA

CVE 2380662
Capital
$1.600.000 CLP
Fecha instrumento
7 de septiembre de 2023
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
7 de septiembre de 2023
Notario
RAMÓN GARCÍA CARRASCO
Domicilio
Concepción

Sociedad

Capital
$1.600.000 CLP
Duración
Indefinida

Objeto social

- Será la prestación de servicios de todo tipo de instalaciones eléctricas, construcción de edificios para uso residencial y otras actividades especializadas de construcción: la venta al por menor y por mayor de artículos de ferretería, gasfitería, y materiales de construcción y calefacción, construcción de obras de ingeniería civil; la representación de personas naturales o jurídicas que presten estos servicios. En general, la sociedad podrá dedicarse a todo tipo de negocios o actividades conexas con los fines sociales transcritos y que tiendan a la consecución y cumplimiento de su objeto, más otra actividad que los socios de común acuerdo determinen

Administración

La administración de la sociedad o representación la ejercerá corresponderá a doña Marcela Ninoska Marín Gutiérrez, cuyas facultades se indican en la escritura social

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RAMÓN GARCÍA CARRASCO, Notario Público Titular de Concepción, con Oficio en Rengo 444, Concepción, certifico: Que por escritura pública de fecha 07.09.2023, Rep. N°10.126-2023, ante mí, don MARCELA NINOSKA MARIN GUTIERREZ, domiciliada en calle Versalles número dos mil seiscientos noventa, comuna de Hualpén, Región del Biobío y don WILMAR LEONARDO ARENQUE ROA, domiciliado en calle Tres Norte número mil ciento ochenta y cuatro, Población Juan Emar, comuna de San Pedro de La Paz, Región del Biobío; vienen en este acto en constituir la Sociedad con responsabilidad limitada denominada “SERVICIOS PROELECTRIC BIOBIO LIMITADA.”, también en su nombre de fantasía “Proelectric BioBio Ltda”, se regirá por las disposiciones de la Ley tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones; por las normas pertinentes del Código Civil y de Comercio; por las disposiciones legales relativas al objeto social, y por las normas que se indican en la escritura social.- NOMBRE. La sociedad se constituye bajo el nombre de “SERVICIOS PROELECTRIC BIOBIO LIMITADA”, también en su nombre de fantasía “Proelectric BioBio Ltda”. OBJETO. - Será la prestación de servicios de todo tipo de instalaciones eléctricas, construcción de edificios para uso residencial y otras actividades especializadas de construcción: la venta al por menor y por mayor de artículos de ferretería, gasfitería, y materiales de construcción y calefacción, construcción de obras de ingeniería civil; la representación de personas naturales o jurídicas que presten estos servicios. En general, la sociedad podrá dedicarse a todo tipo de negocios o actividades conexas con los fines sociales transcritos y que tiendan a la consecución y cumplimiento de su objeto, más otra actividad que los socios de común acuerdo determinen. ADMINISTRACIÓN: La administración de la sociedad o representación la ejercerá corresponderá a doña Marcela Ninoska Marín Gutiérrez, cuyas facultades se indican en la escritura social. CAPITAL: El capital social, según se establece en el artículo cuarto del presente estatuto, es de $1.600.000, A) Wilmar Leonardo Arenque Roa, aporta la suma de $1.400.000, enterando en dinero en efectivo, y al contado la suma indicada; y B) Marcela Ninoska Marín Gutiérrez aporta la suma de $1.200.000, enterando en dinero en efectivo, y al contado la suma indicada. De esta manera el socio don Wilmar Leonardo Arenque Roa aporta un ochenta y siete coma cinco por ciento del capital social, y la socia doña Marcela Ninoska Marín Gutiérrez, aporta un doce coma cinco del capital social. Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia de sus respectivos aportes.- DURACIÓN: la duración de la sociedad será indefinida, a contar de la fecha de la escritura social. DOMICILIO calle Versalles #2690, comuna y ciudad de Hualpén, región del Biobío. Se faculta al portador de escritura social o extracto para inscribir y publicar. Demás estipulaciones en escritura social. Concepción, 20 de septiembre de 2023.-