SEGURAPP SEGURIDAD PRIVADA SpA
Instrumento
- Fecha
- 20 de septiembre de 2023
- Repertorio
- 7987/2023
- Notario
- MYRIAM AMIGO ARANCIBIA
- Oficio
- 21ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- Ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) La prestación de Servicios en Seguridad Privada y demás actividades relacionadas con estos fines y las operaciones financieras y bancarias que para ello sean necesarias; y b) Asimismo, la sociedad podrá desarrollar cualquier otra actividad mercantil que los accionistas acuerden y que esté vinculada directa o indirectamente con los giros señalados precedentemente, y en general, podrá realizar la celebración y ejecución de toda clase de actos jurídicos, convenios o contratos de cualquier naturaleza y títulos ya sean civiles o mercantiles que sean necesarios para la realización del objeto social y que directa o indirectamente se relacionen con dicho objeto social, así como cualesquiera actividades similares, conexas o complementarias o que permitan facilitar o desarrollar el comercio o la industria de la sociedad; sin perjuicio de las demás actividades que dentro del giro acuerden los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Abogado, Notario Público Titular de la 21ª Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos Nº 578, Santiago, Región Metropolitana, certifica: que, por escritura pública de fecha 20 de septiembre del año 2023, Repertorio Nº 7.987/2023, ante mí, don JUAN PABLO BARRERA VERA, cedula de identidad Nº 15.329.509-3, con domicilio en Los Aromos número ochocientos siete, comuna de Lo Prado, Región Metropolitana, constituyó sociedad por acciones "SEGURAPP SEGURIDAD PRIVADA SpA". OBJETO: El objeto de la sociedad será: a) La prestación de Servicios en Seguridad Privada y demás actividades relacionadas con estos fines y las operaciones financieras y bancarias que para ello sean necesarias; y b) Asimismo, la sociedad podrá desarrollar cualquier otra actividad mercantil que los accionistas acuerden y que esté vinculada directa o indirectamente con los giros señalados precedentemente, y en general, podrá realizar la celebración y ejecución de toda clase de actos jurídicos, convenios o contratos de cualquier naturaleza y títulos ya sean civiles o mercantiles que sean necesarios para la realización del objeto social y que directa o indirectamente se relacionen con dicho objeto social, así como cualesquiera actividades similares, conexas o complementarias o que permitan facilitar o desarrollar el comercio o la industria de la sociedad; sin perjuicio de las demás actividades que dentro del giro acuerden los accionistas. CAPITAL: El capital de la sociedad es UN MILLÓN DE PESOS, dividido en CIEN ACCIONES, sin valor nominal, todas de una misma serie, se suscriben y pagan en este acto y de la siguiente manera: don JUAN PABLO BARRERA VERA, ya individualizado, suscribe y da por pagada en este acto y en dinero en efectivo la cantidad de UN MILLÓN DE PESOS, que representan CIEN ACCCIONES de la sociedad. DURACION: Indefinida. ADMINISTRACION DE LA SOCIEDAD: La sociedad será administrada por un representante legal, el que es designado en estos estatutos: don JUAN PABLO BARRERA VERA, ya individualizado, quien actuará con cada una de las facultades señaladas en la escritura que por este acto se extracta. DOMICILIO: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 20 de septiembre de 2023.-