MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Prestaciones Médicas Jorge Rodríguez y Compañía Limitada

RUT 77473610-7 CVE 2380684
Capital
$8.000.000 CLP
Fecha instrumento
14 de agosto de 2023
Notaría
San Fernando

Instrumento

Fecha
14 de agosto de 2023
Comuna
San Fernando

Sociedad

Capital
$8.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Alberto Ortega Jirón, Notario Titular Primera Notaría San Fernando, Chillán 620, certifica: Por escritura pública de fecha 14 de Agosto del año 2023, otorgada ante mí, JORGE ANTONIO RODRIGUEZ GONZALEZ, MARIA LUZ ESPOSITO SEGURA, MARIA PAZ RODRIGUEZ ESPOSITO, ROCIO XIMENA RODRIGUEZ ESPOSITO, MARIA LUZ RODRIGUEZ ESPOSITO y JORGE ANTONIO RODRIGUEZ ESPOSITO, todos Chillán 245, San Fernando; LUZ ROGELIA DE JESUS GONZALEZ LAGOS, y LUZ XIMENA RODRIGUEZ GONZALEZ, ambas Bernardino Bravo 0271, Buin; modifican "Prestaciones Médicas Jorge Rodríguez y Compañía Limitada", inscrita fojas 86 Nº 99 Registro de Comercio 200 Conservador Bienes Raíces San Fernando, en siguiente forma: A) doña Luz Rogelia González Lagos cede y transfiere totalidad de sus derechos, que ascienden a 10%, a Luz Ximena Rodríguez González, en $16.650.000, pagadero en siguiente forma: a) $5.550.000 en este acto, al contado; b) $5.550.000 el 31 de julio de 2024; c) $5.550.000 el 31 de julio de 2025. B) don Jorge Antonio Rodríguez Espósito cede y transfiere la totalidad de sus derechos, que ascienden a 10%, a Jorge Antonio Rodríguez González, en $11.100.000, pagadero en siguiente forma: a) $3.700.000 en este acto, al contado; b) $3.700.000 el 31 de julio de 2024; c) $3.700.000 el 31 de julio de 2025. C) Socios modifican pacto social, en siguiente forma: Uno) Reemplazan cláusula quinta pacto social referida al capital social, por siguiente: “Capital social es la suma $8.000.000, que se entiende que los socios han aportado y pagado, en los siguientes montos: a) la suma de $2.000.000 el socio Jorge Antonio Rodríguez González; b) la suma de $1.200.000 cada uno de las socias María Luz Espósito Segura, María Paz Rodríguez Espósito, Rocío Ximena Rodríguez Esposito, María Luz Rodríguez Espósito y Luz Ximena Rodríguez González”. Dos) Reemplazan cláusula séptima del pacto social, referida a distribución de utilidades y pérdidas, por siguiente: Utilidades y eventuales pérdidas se repartirán en misma proporción que el aporte de capital, esto es, Jorge Antonio Rodríguez González, 25%; María Luz Espósito Segura, María Paz Rodríguez Espósito, Rocío Ximena Rodríguez Esposito, María Luz Rodríguez Espósito y Luz Ximena Rodríguez González, 15% cada una”. Demás estipulaciones en escritura extractada. En lo no modificado sigue vigente pacto social y sus modificaciones. San Fernando, Septiembre 20 año 2023.