Inversiones El Nogal Limitada
Instrumento
- Fecha
- 13 de septiembre de 2023
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Duración
- La duración de la Sociedad será de 10 años contados desde la fecha de la presente escritura pública de constitución, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de 5 años cada uno. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto la realización de inversiones en toda clase de derechos sociales o acciones en cualquier clase de sociedades, sean estas civiles o mercantiles, colectivas, en comandita, de responsabilidad limitada, anónimas o por acciones; como asimismo la inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; su adquisición, enajenación, comercialización, por cuenta propia o ajena y en cualquier forma, la administración de tales bienes y de las rentas a que esta dé lugar, y la prestación de asesorías relacionadas con objetos antes mencionados, como asimismo de asesorías financieras y económicas de toda clase. Dicho objeto contemplará asimismo la ejecución de todos los actos y contratos necesarios y conducentes al objeto señalado;
Administración
Corresponderá a don Manuel Valenzuela Prieto, de manera individual e indistintamente, con facultades indicadas en escritura extractada;
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, abogado, Notario Público, Titular de la Octava Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos Nº 941, local 302, Santiago, certifico que, mediante escritura pública otorgada ante mi Suplente don Juan Pablo Montes Mery, con fecha 13 de septiembre de 2023, repertorio número 13835-2023, don Manuel Valenzuela Prieto y doña Dominga Alessandri Bascuñán, ambos domiciliados para estos efectos en Parcela M seis, camino La Nogalada, comuna de Pirque, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Nombre: “Inversiones El Nogal Limitada”; Administración: Corresponderá a don Manuel Valenzuela Prieto, de manera individual e indistintamente, con facultades indicadas en escritura extractada; Capital: $1.000.000, que los socios aportaron en la siguiente forma: (a) Manuel Valenzuela Prieto aportó la suma de $500.000, equivalentes al 50% de los derechos sociales pagados en dinero; b) Dominga Alessandri Bascuñán aportó la suma de $500.000, equivalentes al 50% de los derechos sociales pagados en dinero; Objeto: La sociedad tendrá por objeto la realización de inversiones en toda clase de derechos sociales o acciones en cualquier clase de sociedades, sean estas civiles o mercantiles, colectivas, en comandita, de responsabilidad limitada, anónimas o por acciones; como asimismo la inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; su adquisición, enajenación, comercialización, por cuenta propia o ajena y en cualquier forma, la administración de tales bienes y de las rentas a que esta dé lugar, y la prestación de asesorías relacionadas con objetos antes mencionados, como asimismo de asesorías financieras y económicas de toda clase. Dicho objeto contemplará asimismo la ejecución de todos los actos y contratos necesarios y conducentes al objeto señalado; Duración: La duración de la Sociedad será de 10 años contados desde la fecha de la presente escritura pública de constitución, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de 5 años cada uno. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada, Santiago, 21 de septiembre de 2023.