AGRÍCOLA E INMOBILIARIA VILLASEÑOR SpA
Instrumento
- Fecha
- 14 de diciembre de 2016
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
- Oficio
- Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $42.000 CLP
- Ley aplicable
- Ley N° 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEN SANTIAGO, REPÚBLICA DE CHILE, a catorce de septiembre del año dos mil veintitrés, ante mí, JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Notario Público Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, certifica: Que por escritura pública hoy ante mí: MARLY EMA ALLENDE TENHAMM, chilena, viuda, administradora de propiedades, C.I. N° 6.382.257- 4, y JUAN IGNACIO SILV A ALLENDE, chileno, soltero, abogado, C.I. N° 16.209.091-7, ambos con domicilio en calle Hendaya 63, departamento 22, comuna de Las Condes, sanean la escritura pública a la que se redujo el Acta Junta Extraordinaria de Accionistas de “AGRÍCOLA E INMOBILIARIA VILLASEÑOR S.A.” celebrada con fecha 14 de diciembre de 2016 ante PATRICIO RABY BENA VENTE, Notario Titular de la Quinta Notaría de Santiago, con domicilio en Gertrudis Echenique número 30, oficina 44, comuna de Las Condes, Santiago, y debidamente inscrita a fojas 95.487, N° 52.107 del Registro de Comercio de Santiago, año 2016. El saneamiento consiste en subsanar la no publicación del extracto de la escritura pública mencionada en el Registro de Comercio de Talagante dentro del plazo legal, de conformidad a lo dispuesto por los artículos 426 y 427 del Código de Comercio, atendiendo a que en esta escritura pública se sustituyó el artículo segundo de los estatutos sociales de la sociedad mencionada, a objeto de modificar el domicilio de la misma a la ciudad de Santiago en lugar del domicilio original en la ciudad de Talagante. En virtud de lo señalado precedentemente, los comparecientes vienen en corregir y sanear el vicio ya indicado, de conformidad lo dispone el artículo primero y siguientes de la Ley N° 19.499 sobre Saneamiento de Vicios de Nulidad de Sociedades, ratificando sus voluntades contenidas en la escritura pública que se pretende sanear en este acto. Se recuerda que la constitución original de la sociedad rola inscrita a fojas 71, N° 70 del Registro de Comercio de Talagante, año 1994 y debidamente publicada. Posteriormente fue modificada, inscripción a fojas 64, N° 57 del Registro de Comercio de Talagante, año 2001 y debidamente publicada. También se recuerda que en la escritura pública que se pretende sanear se transformó la naturaleza o tipo social de “AGRÍCOLA E INMOBILIARIA VILLASEÑOR S.A.” al nombre o razón social de “AGRÍCOLA E INMOBILIARIA VILLASEÑOR SpA”. Los comparecientes anteriormente individualizados son los únicos y actuales accionistas de la sociedad, doña MARLY EMA ALLENDE TENHAMM, titular de mil ciento veinte acciones (1.120), y don JUAN IGNACIO SILV A ALLENDE, titular de ochenta acciones (80). Por lo tanto, comparecen los titulares de las mil doscientas acciones (1.200) emitidas por la sociedad, que corresponden al cien por ciento (100%) del capital accionario de la misma, de acuerdo a lo prescrito en el artículo 427 del Código de Comercio. El capital de la sociedad es la suma de cuarenta y dos millones de pesos ($42.000.000), dividido en mil doscientas acciones (1.200) nominativas, sin valor nominal, del mismo valor, totalmente suscrito y pagado. El objeto de la sociedad será la explotación agrícola y agroindustrial de predios rústicos; la compra, venta, permuta, arriendo y comercialización de todo tipo de bienes inmuebles, sean estos urbanos o rurales; la administración, loteo y subdivisión de ellos. Rol Único Tributario setenta y ocho millones quinientos sesenta y ocho mil seiscientos treinta guión seis (78.568.630-6). Demás estipulaciones en estatuto de escritura que se pretende sanear en este acto. Santiago, 14 de septiembre de 2023.