CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES EL VERGEL LIMITADA

CVE 2379275
Fecha instrumento
8 de septiembre de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
8 de septiembre de 2023
Repertorio
13690/2023
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PAULA ANDREA LUNA SAEZ, Notario Suplente de doña María Pilar Gutiérrez Rivera, titular de la 18° Notaría de Santiago, con oficio en Av. Apoquindo 3.039, piso 5, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 08 de septiembre de 2023, Repertorio N° 13.690 / 2023, ante mí, Julián Andrés Aguilar Díaz, Jannet Sofía Conejeros López, Josefina Aguilar Conejeros y Julián Máximo Aguilar Conejeros, todos con domicilio en calle El Vergel número dos mil setecientos cuarenta y cuatro, departamento cuatrocientos uno, comuna de Providencia, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada que se denominó INVERSIONES EL VERGEL LIMITADA, con domicilio en la ciudad de Santiago, y cuyo objeto es efectuar tanto en Chile como en el extranjero toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socios en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades, percibir e invertir los frutos de las inversiones. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los socios. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponden a don Julián Andrés Aguilar Díaz. El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, aportado y pagado por los socios en este acto y en dinero efectivo, y que les corresponde como sigue: a) a don Julián Andrés Aguilar Díaz, en la suma de setecientos mil pesos, equivalente al setenta por ciento de derechos en el capital social; b) a doña Jannet Sofía Conejeros López, en la suma de cien mil pesos, equivalente al diez por ciento de derechos en el capital social; c) a doña Josefina Aguilar Conejeros, en la suma de cien mil pesos, equivalente al diez por ciento de derechos en el capital social; y d) a don Julián Máximo Aguilar Conejeros, en la suma de cien mil pesos, equivalente al diez por ciento de derechos en el capital social. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. La sociedad rige desde esta fecha y durará veinte años, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de cinco años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que se deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con no menos de seis meses de anticipación al respectivo vencimiento. Sólo con acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 14 de septiembre de 2023.