INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA CERRO LA VIRGEN SOCIEDAD ANÓNIMA
Instrumento
- Fecha
- 7 de diciembre de 2015
- Comuna
- Santiago doña
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalELIANA GABRIELA GERVASIO ZAMUDIO, Notario Titular de Viña del Mar, con oficio en Arlegui 537, certifica: Que por escritura otorgada el 7 de Diciembre de 2015, ante doña Marcela Marchant Cea, Abogado y Notario Suplente de este oficio, Nelson Aurelio Breguel Montino, Rut 8.767.270-0, ingeniero civil, chileno, casado, redujo a escritura pública “Acta de la quinta junta Extraordinaria de accionistas de la sociedad “Inmobiliaria y Constructora Cerro la Virgen Sociedad Anónima”, la cual contó con asistencia y constitución legales, y se desarrolló la sesión conforme a la tabla. PRIMERO) Lectura del acta anterior, donde se repara el nombre de la sociedad del acta anterior donde se señala “Inmobiliaria y constructora Cerro La Virgen S.A.”, cuando el nombre correcto es “Inmobiliaria y Constructora Cerro La Virgen Sociedad Anónima”. SEGUNDO) Las partes acuerdan el saneamiento del vicio formal que afecta a la modificación de los estatutos sociales y aumento de capital social: Se acuerda por mayoría absoluta sanear el vicio y modificar los estatutos sociales indicando expresamente y de manera correcta en todas sus partes el correcto nombre de la sociedad “INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA CERRO LA VIRGEN SOCIEDAD ANÓNIMA”, dejando establecido y ratificando el acuerdo el acuerdo de ampliar el capital social establecido en la escritura de la constitución de fecha 17 de agosto de 2011, otorgada ante Notario Público de la cuadragésima Segunda Notaría de Santiago doña Gloria Acharan Toledo, con oficio en calle Matías Causiño número 154 e inscrita a fojas 50.101 número 36.834 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2000, se sustituye la cláusula referente al capital por la siguiente: A) “TITULO DOS. DEL CAPITAL Y ACCIONES. ARTICULO CUARTO: El capital será la suma de novecientos doce millones de pesos equivalentes a novecientos doce mil acciones ordinarias y nominativas de una sola serie, sin valor nominal, el que se aporta, entera y enterarán en la forma que se establece en el artículo segundo transitorio.- B) Como consecuencia se modifica el artículo segundo transitorio de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTICULO SEGUNDO TRANSITORIO: El capital será la suma de novecientos doce millones de pesos, equivalentes a novecientos doce mil acciones ordinarias y nominativas de una sola serie sin valor nominal, de las cuales al día de hoy existen cuatrocientas cuarenta mil acciones que se encuentran suscritas y pagadas, por lo tanto, este aumento de capital se realizará mediante la emisión de cuatrocientas setenta y dos mil acciones, las que se encontrarán disponible para la respectiva suscripción y pago de los accionistas interesados en hacerlo. Demás estipulaciones en escritura extractada. 14 de Septiembre de 2023.