MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

IMPORTADORA CCF LIMITADA

RUT 76095341-5 CVE 2379443
Fecha instrumento
17 de julio de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
17 de julio de 2023
Notario
MARÍA FERNANDA DE LOS SANTOS FERRAZ
Oficio
Titular de la 27° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA FERNANDA DE LOS SANTOS FERRAZ, Notario Público suplente de la Titular de la 27° Notaría de Santiago, de doña Maria Patricia Donoso Gomien, con oficio en calle Orrego Luco número 0153, comuna de Providencia, certifica por escritura pública de fecha 17 de Julio de 2023, ante mi: doña BARBARA ALEJANDRA CORREA FUENTES, Avenida Las Condes 12.810, Comuna de Lo Barnechea, en representación de don SEBASTIAN EMILIO FUENTES VALENZUELA, la sociedad BAFEN S.A., y la sociedad VENTURE CAPITAL S.A., ambos domiciliados en Conrado Rios Gallardo 13.380, casa uno, Lo Barnechea, vienen en modificar la sociedad de responsabilidad limitada Importadora CCF Limitada de acuerdo a las siguientes estipulaciones: PRIMERO: BAFEN S.A., don SEBASTIAN EMILIO FUENTES VALENZUELA, y VENTURE CAPITAL S.A., son únicos socios de la sociedad “IMPORTADORA CCF LIMITADA.” constituida por escritura pública del diecinueve de marzo de dos mil diez, de Santiago, ante el Notario de Santiago don René Benavente Cash, cuyo extracto fue inscrito a fojas catorce mil ochocientos veintinueve, número diez mil treinta y cuatro, del Registro de Comercio del año dos mil diez del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. La publicación se hizo efectiva en el Diario Oficial con fecha veintisiete de marzo de dos mil diez, número treinta y nueve mil seiscientos veintidós. SEGUNDO: BAFEN S.A., don SEBASTIAN EMILIO FUENTES VALENZUELA, y VENTURE CAPITAL S.A. manifiestan su voluntad de retirarse de la sociedad antes individualizada, cediendo sus derechos sociales ascendentes al cien por ciento de los haberes sociales a don CHRISTIAN MARCELO ROJAS OSORIO, chileno, casado, factor de comercio, cédula nacional de identidad número doce millones trescientos doce mil setecientos treinta guión siete, domiciliado en Las Violetas número dos mil doscientos sesenta y siete, comuna de Providencia, Región Metropolitana y la empresa CLEAN & SAFE SPA., empresa del giro de su denominación, rol único tributario setenta y siete millones ciento cuarenta y cuatro mil cincuenta y seis guión ocho, domiciliada Las Violetas número dos mil doscientos sesenta y siete, comuna de Providencia, Región Metropolitana, representada legalmente por don CHRISTIAN MARCELO ROJAS OSORIO, ya individualizado, quien actúa por sí, en representación que indica, quienes las aceptan para sí, ingresando de ese modo CHRISTIAN MARCELO ROJAS OSORIO y CLEAN & SAFE SPA. a la sociedad. La cesión de derechos se hará de la siguiente manera: BAFEN S.A., cede, vende y transfiere un tercio del capital social de su propiedad a don CHRISTIAN MARCELO ROJAS OSORIO, don SEBASTIAN EMILIO FUENTES VALENZUELA, cede, vende y transfiere un tercio del capital social de su propiedad a don CHRISTIAN MARCELO ROJAS OSORIO y VENTURE CAPITAL S.A., cede, vende y transfiere un tercio del capital social de su propiedad a la empresa CLEAN & SAFE SPA., quienes las adquieren a conformidad y para sí. TERCERO : Por esta escritura se modifica la sociedad referida correspondiendo dos tercios de los derechos sociales a don CHRISTIAN MARCELO ROJAS OSORIO y un tercio a la empresa CLEAN & SAFE SPA., para lo cual el precio de la cesión de los derechos sociales contenidos en la cláusula precedente es la suma de seis millones de pesos y de tres millones de pesos, que don CHRISTIAN MARCELO ROJAS OSORIO y la empresa CLEAN & SAFE SPA., pagan respectivamente y en este acto, de contado, en dinero efectivo, a BAFEN S.A., SEBASTIAN EMILIO FUENTES VALENZUELA y VENTURE CAPITAL S.A., quienes reciben dichos montos a su entera satisfacción. CUARTO: La administración de los negocios sociales y el uso de la razón social corresponderá a don CHRISTIAN MARCELO ROJAS OSORIO, ya individualizado, exclusivamente, manteniéndose integras todas las facultades contenidas en la cláusula cuarta de la escritura individualizada en la primera cláusula de este instrumento. QUINTO: Los socios limitan sus responsabilidades al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 14 de Septiembre del 2023.