JOSE LUIS ARREDONDO, CONFITERÍA, BANQUETERÍA, Y PRODUCTORA DE EVENTOS, EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 16 de agosto de 2023
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular de la 36° Notaría de Santiago, con oficio en calle La Concepción N°65, piso dos, Comuna de Providencia, Región Metropolitana, certifica por escritura pública de fecha 16 de agosto de 2023, Repertorio número 26.038 - 2023, ante mí: JOSE LUIS NUÑEZ ARREDONDO, C.I 14.183.360-K, domiciliado en calle Santa Alicia, Parcela D Sin número, comuna de Padre Hurtado, Región Metropolitana, y de paso por esta comuna, viene en este acto en sanear la escritura pública de transformación de la sociedad JOSE LUIS ARREDONDO, CONFITERÍA, BANQUETERÍA, Y PRODUCTORA DE EVENTOS, EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA a INVERSIONES JL SpA, la cual su extracto fue inscrito extemporáneamente en el Conservador de Bienes Raíces de Antofagasta, quedando anotado en el Registro de Comercio a fojas cuatrocientos cuarenta número doscientos sesenta y siete del año dos mil veintitrés. También fue inscrito extemporáneamente en el Conservador de Bienes Raíces de Peñaflor, esto debido al cambio de domicilio social, en el cual quedó anotado en el Registro de Comercio a fojas trece vuelta número catorce del año dos mil veintitrés. Además, la publicación del extracto de transformación de sociedad en el Diario Oficial fue extemporáneo, ya que se realizó con fecha veintidós de mayo del año dos mil veintitrés, CVE número dos tres uno siete seis cinco cuatro, transcurriendo el plazo establecido por la ley. El error anteriormente señalado constituye un vicio formal que debe ser saneado de conformidad con lo dispuesto por la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve que Establece las Normas Sobre Saneamiento de Vicios de Nulidad de Sociedades. De esta manera, el compareciente, en virtud de lo dispuesto en la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, viene en sanear el vicio de que adolece la transformación de la Sociedad, otorgada mediante escritura pública ante notario público titular de la cuadragésima segunda Notaría de Santiago, don Álvaro González Salinas, bajo el repertorio número once mil doscientos ochenta y ocho guion dos mil veintitrés, consistente en la inscripción extemporánea del extracto de transformación en el Conservador de Bienes Raíces de Antofagasta y ante el Conservador de Bienes Raíces de Peñaflor y la publicación fuera del plazo legal en el Diario Oficial; de manera que en consideración a lo previsto en el inciso final del artículo tres de la mencionada Ley, el vicio se entenderá corregido con la inscripción de este extracto en el Conservador de Bienes Raíces de Antofagasta y del Conservador de Bienes Raíces de Peñaflor y la respectiva publicación oportuna en el Diario Oficial del extracto de la presente escritura. Demás estipulaciones constan en escritura pública. Santiago, 04 de septiembre de 2023.