PRESTADORA DE SERVICIOS Y SEGURIDAD D&CH LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de agosto de 2023
- Repertorio
- 61017-2023
- Notario
- WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LÓPEZ
- Oficio
- 49° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalWLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LÓPEZ, abogado, Notario Público Titular de la 49° Notaría de Santiago, con domicilio en calle Hnos. Amunátegui N°73, comuna de Santiago, Región Metropolitana: Certifica: Por escritura pública de fecha 30 de agosto de 2023, con el repertorio 61.017-2023, ante mí, don DANILO ROBERTO MORENO GUTIÉRREZ, chileno, casado y separado totalmente de bienes, empresario, cédula de identidad N|9.495.021-K; don CHARLES ANDRES OSEA RUMINOT, chileno, soltero, empresario, cédula de identidad N°15.588.543-2; y don ALDO SEGUNDO DÍAZ PÁEZ, chileno, casado, acriliquero, cédula de identidad N°6.865.848-9, todos domiciliados para estos efectos en calle Dr. Héctor Lehuede N°2236, comuna de Quinta Normal, Región Metropolitana; modificaron sociedad de responsabilidad limitada razón social "PRESTADORA DE SERVICIOS Y SEGURIDAD D&CH LIMITADA", RUT N°77.590.786-K, inscrita a fojas 40.940 N°18.510 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2022. Modificación consiste: Don DANILO ROBERTO MORENO GUTIÉRREZ, vende, cede y transfiere el total de sus derechos sociales, que equivalen al 50%, en la suma total $1.500.000.-, a don ALDO SEGUNDO DÍAZ PÁEZ, valor que el cesionario paga en este acto, al contado en dinero efectivo.- Consecuencia, cesión de derecho quedan como únicos socios don CHARLES ANDRES OSEA RUMINOT, con un 50% derechos sociales; y don ALDO SEGUNDO DÍAZ PÁEZ, con un 50% derechos sociales. Actuales socios acuerdan modificar cláusula Tercero, ampliando el objeto social, agregando letra c), como sigue: “c) Explotar por cuenta propia o ajena restaurante al paso, venta de comida preparada, fría o caliente, y distribución de productos alimenticios.”.-; modifican además la cláusula “Cuarto” del pacto social primitivo, en el sentido que la administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a contar de esta fecha, exclusivamente a los socios, don CHARLES ANDRES OSEA RUMINOT, y a don ALDO SEGUNDO DÍAZ PÁEZ, quienes la representarán separada e indistintamente, con las más amplias facultades otorgadas en el pacto social primitivo.- En todo lo no modificado se mantienen vigentes las demás cláusulas del pacto social. Otras estipulaciones escritura extractada. Santiago, 13 de septiembre 2023.-