MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Nicobar Inversiones Limitada

RUT 76818226-4 CVE 2378484
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
16 de agosto de 2023

Instrumento

Fecha
16 de agosto de 2023
Notario
KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ
Domicilio
don ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP

Objeto social

El objeto de la sociedad es desarrollar actividades civiles, consistentes en inversiones de carácter permanente en todo tipo de bienes, administrar tales inversiones y bienes y percibir sus frutos y rentas, pudiendo realizar las demás actividades propias de mera inversión, dejándose expresa constancia que la sociedad no podrá efectuar actividades que consistan en el comercio y distribución de bienes ni en la prestación de servicios, excluyéndose de su objeto social la realización de actos de comercio, sin perjuicio de que la sociedad pueda ejecutarlos esporádicamente, en especial los relativos operaciones en el mercado de capitales y sólo con los frutos provenientes de la realización de su objeto o para la inversión de sus haberes

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Abogada, Notario Público Suplente de don ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Titular de la 36ª notaria de Santiago, con oficio en la concepción 65 piso 2, Providencia, certifico que por escritura pública de fecha 16 de agosto de 2023, REPERTORIO 26059-2023, otorgada ante Notario Titular Andrés Rieutord Alvarado; Jorge Gabriel Larraín Matte y María Francisca Aninat Sahli, ambos domiciliados para estos efectos en calle Isidora Goyenechea número 3.621, oficina 1.001, comuna de Las Condes; acordaron transformar Nicobar Inversiones Limitada en una sociedad por acciones de cuyos estatutos se extracta: Nombre: “Nicobar Inversiones SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad es desarrollar actividades civiles, consistentes en inversiones de carácter permanente en todo tipo de bienes, administrar tales inversiones y bienes y percibir sus frutos y rentas, pudiendo realizar las demás actividades propias de mera inversión, dejándose expresa constancia que la sociedad no podrá efectuar actividades que consistan en el comercio y distribución de bienes ni en la prestación de servicios, excluyéndose de su objeto social la realización de actos de comercio, sin perjuicio de que la sociedad pueda ejecutarlos esporádicamente, en especial los relativos operaciones en el mercado de capitales y sólo con los frutos provenientes de la realización de su objeto o para la inversión de sus haberes. Capital: $10.000.000, dividido en 10.000.000 acciones ordinarias y sin valor nominal. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Se facultó portador este extracto para legalización. Santiago, 11 de Septiembre de 2023.-