Nicobar Inversiones Limitada
Instrumento
- Fecha
- 16 de agosto de 2023
- Notario
- KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ
- Domicilio
- don ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Objeto social
El objeto de la sociedad es desarrollar actividades civiles, consistentes en inversiones de carácter permanente en todo tipo de bienes, administrar tales inversiones y bienes y percibir sus frutos y rentas, pudiendo realizar las demás actividades propias de mera inversión, dejándose expresa constancia que la sociedad no podrá efectuar actividades que consistan en el comercio y distribución de bienes ni en la prestación de servicios, excluyéndose de su objeto social la realización de actos de comercio, sin perjuicio de que la sociedad pueda ejecutarlos esporádicamente, en especial los relativos operaciones en el mercado de capitales y sólo con los frutos provenientes de la realización de su objeto o para la inversión de sus haberes
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalKARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Abogada, Notario Público Suplente de don ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Titular de la 36ª notaria de Santiago, con oficio en la concepción 65 piso 2, Providencia, certifico que por escritura pública de fecha 16 de agosto de 2023, REPERTORIO 26059-2023, otorgada ante Notario Titular Andrés Rieutord Alvarado; Jorge Gabriel Larraín Matte y María Francisca Aninat Sahli, ambos domiciliados para estos efectos en calle Isidora Goyenechea número 3.621, oficina 1.001, comuna de Las Condes; acordaron transformar Nicobar Inversiones Limitada en una sociedad por acciones de cuyos estatutos se extracta: Nombre: “Nicobar Inversiones SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad es desarrollar actividades civiles, consistentes en inversiones de carácter permanente en todo tipo de bienes, administrar tales inversiones y bienes y percibir sus frutos y rentas, pudiendo realizar las demás actividades propias de mera inversión, dejándose expresa constancia que la sociedad no podrá efectuar actividades que consistan en el comercio y distribución de bienes ni en la prestación de servicios, excluyéndose de su objeto social la realización de actos de comercio, sin perjuicio de que la sociedad pueda ejecutarlos esporádicamente, en especial los relativos operaciones en el mercado de capitales y sólo con los frutos provenientes de la realización de su objeto o para la inversión de sus haberes. Capital: $10.000.000, dividido en 10.000.000 acciones ordinarias y sin valor nominal. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Se facultó portador este extracto para legalización. Santiago, 11 de Septiembre de 2023.-