Inversiones Fasilor Limitada
Instrumento
- Fecha
- 10 de agosto de 2023
- Comuna
- Santiago
Administración
Los administradores podrán designar al efecto, por escritura pública de la que se tomará nota al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, uno o más delegados, cuya remoción o renuncia no tendrá efecto respecto de terceros sin el cumplimiento de idéntica formalidad. Los administradores, actuando en la forma indicada, o bien su delegado o delegados, anteponiendo a sus nombres y firmas la razón social, representarán a la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, sin restricciones
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJuan Ricardo San Martín Urrejola, Abogado, Notario Titular de la 43º Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°835, piso 18, comuna de Santiago, certifico que: por escritura pública de fecha 10 de agosto de 2023, ante mí, Gabriel Silberstein Ortíz, Álvaro Silberstein Ortíz, Felipe Silberstein Ortíz, y Alejandro Silberstein Ortíz, todos domiciliados para estos efectos en Camino del Corral número 4.169, comuna de Lo Barnechea Santiago, modificaron la administración y el uso de la razón social de la sociedad “Inversiones Fasilor Limitada”, inscrita a fojas 18.441 Nº14.299 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1996, en adelante la “Sociedad”, en el siguiente sentido: La administración de la Sociedad corresponderá a todos los socios, quienes actuando conjuntamente tres cualesquiera de ellos, podrán representar a la Sociedad y hacer uso de la razón social. Los administradores podrán designar al efecto, por escritura pública de la que se tomará nota al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, uno o más delegados, cuya remoción o renuncia no tendrá efecto respecto de terceros sin el cumplimiento de idéntica formalidad. Los administradores, actuando en la forma indicada, o bien su delegado o delegados, anteponiendo a sus nombres y firmas la razón social, representarán a la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, sin restricciones. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 8 de septiembre de 2023.