Instrumento
- Fecha
- 12 de septiembre de 2023
- Repertorio
- 23550-2023
- Notario
- FELIX JARA CADOT
- Oficio
- Cuadragésima Primera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
: El objeto de la sociedad será: a) La construcción de edificios para uso residencial y no residencial .- b) construcción de proyectos de servicios públicos. - c) Instalaciones eléctricas.- d) instalaciones de gasfitería, calefacción y aire acondicionado.- e) otras instalaciones para obras de construcción.- f) construcción de otras obras de ingeniería civil.- en la compra, venta, administración y explotación para fines de inversión y renta de toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, pudiendo la sociedad con tal propósito, comprar y vender acciones, bonos, debentures, derechos en cualquier especie de sociedades, efectos de comercio, valores mobiliarios y cualquier otro instrumento del mercado de capitales o financiero, ya sea a través de éste o del comercio electrónico; g) la percepción de las rentas y frutos naturales y civiles de esas inversiones y su administración; h) la inversión en bienes raíces y la explotación de los mismos a cualquier título, la compra, venta, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, administración, corretaje, regularización, remodelación, ampliación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces; i) la promoción, organización, desarrollo y participación en todo tipo de negocios; j) constituir e ingresar en otras sociedades de cualquier naturaleza e invertir en ellas y todas aquellas actividades relacionadas, derivadas o afines con las anteriores, sin que la enunciación sea taxativa o restrictiva, y en general todos aquellos negocios que los socios acuerden. La duración de la sociedad será indefinida a contar de esta fecha. El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país y en el extranjero
Administración
corresponderá a don PEDRO IGNACIO TORO FLORES, el que podrá ejercer por sí solo de manera independiente, con aquellas facultades que expresamente se les otorguen
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFELIX JARA CADOT, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Primera Notaría de Santiago, con domicilio en Huérfanos mil ciento sesenta, subsuelo, Santiago, certifico: que, por escritura pública de hoy, Repertorio N° 23.550-2023, ante mí, PEDRO IGNACIO TORO FLORES, chileno, ingeniero constructor, divorciado, cédula de identidad número doce millones ochocientos setenta y seis mil doscientos treinta y cuatro guion cero, con domicilio en Avenida Estadio seis mil treinta y seis, San Joaquín y de paso en esta; doña LUISA JAZMIN OBREQUE CORTES, chilena, empresaria, casada, cédula de identidad número catorce millones cuatrocientos treinta y siete mil quinientos treinta y cinco guion uno, con domicilio en Avenida Vicuña Mackenna Poniente seis mil doscientos noventa y nueve, departamento ochocientos uno, Torre B, La Florida; y don VICTOR HUGO FUENTES OBREQUE, chileno, empresario, soltero, cédula de identidad número diez millones cuatrocientos siete mil ochocientos treinta y nueve guion siete, con domicilio en Avenida Vicuña Mackenna Poniente seis mil cuatrocientos treinta y seis, departamento mil seiscientos quince, La Florida; mayores de edad, constituyeron sociedad por acciones. Nombre: “GRUPO BUILDER SpA. Pudiendo actuar con nombre comercial, inclusive con bancos como GRUPO BUILDER SpA. Objeto: : El objeto de la sociedad será: a) La construcción de edificios para uso residencial y no residencial .- b) construcción de proyectos de servicios públicos. - c) Instalaciones eléctricas.- d) instalaciones de gasfitería, calefacción y aire acondicionado.- e) otras instalaciones para obras de construcción.- f) construcción de otras obras de ingeniería civil.- en la compra, venta, administración y explotación para fines de inversión y renta de toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, pudiendo la sociedad con tal propósito, comprar y vender acciones, bonos, debentures, derechos en cualquier especie de sociedades, efectos de comercio, valores mobiliarios y cualquier otro instrumento del mercado de capitales o financiero, ya sea a través de éste o del comercio electrónico; g) la percepción de las rentas y frutos naturales y civiles de esas inversiones y su administración; h) la inversión en bienes raíces y la explotación de los mismos a cualquier título, la compra, venta, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, administración, corretaje, regularización, remodelación, ampliación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces; i) la promoción, organización, desarrollo y participación en todo tipo de negocios; j) constituir e ingresar en otras sociedades de cualquier naturaleza e invertir en ellas y todas aquellas actividades relacionadas, derivadas o afines con las anteriores, sin que la enunciación sea taxativa o restrictiva, y en general todos aquellos negocios que los socios acuerden. La duración de la sociedad será indefinida a contar de esta fecha. El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país y en el extranjero. Capital: El capital de la sociedad es de tres millones de pesos, dividido en cien acciones nominativas, sin valor nominal y de única serie, el cual es suscrito y pagado por los constituyentes de la siguiente manera: a) VICTOR HUGO FUENTES OBREQUE, suscribe en este acto la cantidad de treinta y cuatro acciones equivalente a la suma de un millón veinte mil pesos, en este acto de contado y en dinero en efectivo; b) LUISA JAZMIN OBREQUE CORTES, suscribe en este acto la cantidad de treinta y tres acciones, equivalente a la suma de novecientos noventa mil pesos en este acto de contado y en dinero en efectivo; y c) PEDRO IGNACIO TORO FLORES, suscribe en este acto la cantidad de treinta y tres acciones, equivalente a la suma de novecientos noventa mil pesos, suma que se pagara y aportara en el plazo de un año, ya sea en dinero o en bienes. Administración y uso de la razón social: corresponderá a don PEDRO IGNACIO TORO FLORES, el que podrá ejercer por sí solo de manera independiente, con aquellas facultades que expresamente se les otorguen. Demás estipulaciones se encuentran en la escritura extractada. Santiago, 12 Septiembre 2023.