FACILEX ABOGADOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 11 de septiembre de 2023
- Notario
- JUAN SANTIAGO TREUER MOYA
- Oficio
- 4TA NOTARIO DE ANTOFAGASTA
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Ley aplicable
- Ley 3.918
Objeto social
El objeto de la sociedad será prestar servicios de asesoramiento, representación jurídica, asesoramiento empresarial en general, pudiendo realizar actividades jurídicas; servicios de capacitación, servicios de educación, enseñanza y apoyo a la capacitación y enseñanza, todo lo anterior ya sea por cuenta propia o ajena, pudiendo prestar sus servicios de manera presencial o telemática. En general la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que se relacionen directa o indirectamente con sus fines, todo ello dentro del marco de las normas constitucionales, legales y reglamentarias vigentes
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN SANTIAGO TREUER MOYA , NOTARIO PÚBLICO 4TA NOTARIO DE ANTOFAGASTA, CERTIFICA: por escritura pública de hoy, REP. 2072 , ante mí, JUAN MIGUEL ROJAS VALDIVIA, abogado, ingeniero comercial, domiciliado en Sendero Del Sol número cuatrocientos cuarenta y nueve, casa número ochenta y seis, Antofagasta; DANIELA TERESA ROJAS ROJAS, abogada, domiciliada en José Bernardo Tagle número novecientos treinta y siete, Antofagasta; y JAVIER PATRICIO AGUILERA GUERRERO, abogado, domiciliado en Sendero Del Sol número quinientos sesenta y seis, Casa número veinte, Condominio Los Flamencos, Antofagasta, constituyen sociedad de responsabilidad limitada, conformidad dispuesto Ley 3.918: Nombre: FACILEX ABOGADOS LIMITADA. Objeto: El objeto de la sociedad será prestar servicios de asesoramiento, representación jurídica, asesoramiento empresarial en general, pudiendo realizar actividades jurídicas; servicios de capacitación, servicios de educación, enseñanza y apoyo a la capacitación y enseñanza, todo lo anterior ya sea por cuenta propia o ajena, pudiendo prestar sus servicios de manera presencial o telemática. En general la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que se relacionen directa o indirectamente con sus fines, todo ello dentro del marco de las normas constitucionales, legales y reglamentarias vigentes. Capital: $1.000.000 pesos. Pagado $300.000. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Antofagasta 11 de Septiembre de 2023.-