EMPRESA DE TRANSPORTE NARENDRA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 5 de septiembre de 2023
- Repertorio
- 62526-2023
- Notario
- WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ
- Oficio
- 49° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalWLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ, Notario Público Titular de la 49° Notaría de Santiago, Amunátegui N° 73, Santiago, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 05 de septiembre de 2023, ante mí, Repertorio N° 62.526-2023; ORLANDO JOSE CASTRO VALBUENA, domiciliado en calle Radal N° 066, Depto. 1508, Torre A, Comuna de Estación Central; don WILLY ENRIQUE CHINCHILLA SUAREZ, domiciliado en calle Antonio Ballet N° 126, Depto. 1701, Comuna de Providencia; y doña GREYSY YILANYELA FERREIRA SÁNCHEZ, domiciliada en calle Radal N° 066, Depto. 1508, Torre A, Comuna de Estación Central, modificaron sociedad responsabilidad limitada denominada “EMPRESA DE TRANSPORTE NARENDRA LIMITADA”, con nombre de fantasía “NARENDRA LTDA.”, RUT N° 77.773.356-7, inscrita a fojas 46.784, N° 20.521 Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, año 2023, capital social de $2.000.000.- Modificaciones consisten: 1) Se retira de la sociedad don WILLY ENRIQUE CHINCHILLA SUAREZ, dueño del 50% del haber social, quien vende, cede y transfiere la totalidad de los derechos o acciones que le corresponden en la mencionada sociedad, a doña GREYSY YILANYELA FERREIRA SÁNCHEZ, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en $1.000.000, pagados al contado y en dinero efectivo. 2) Consecuencia de la cesión anterior, quedan como únicos socios de “EMPRESA DE TRANSPORTE NARENDRA LIMITADA” o “NARENDRA LTDA.”, don ORLANDO JOSE CASTRO VALBUENA, con un 50% del capital social; y doña GREYSY YILANYELA FERREIRA SÁNCHEZ, con el 50% del capital social restante. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. 3) Asimismo, actuales socios acuerdan modificar la cláusula cuarta del pacto social constitutivo en el sentido que la administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a contar de fecha de escritura extractada, exclusivamente a don ORLANDO JOSE CASTRO VALBUENA, con las mismas facultades indicadas en la escritura de constitución primitiva. En todo lo no modificado sigue vigente pacto social primitivo. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 12 de Septiembre de 2023.-