Instrumento
- Fecha
- 15 de mayo de 2023
- Notario
- FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL
- Oficio
- 2ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $8.000.000 CLP
- Domicilio
- La Cooperativa está domiciliada en la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Cooperativa tiene como objetos específicos la ayuda mutua entre sus socios a los efectos de atender y colaborar en la satisfacción de las necesidades individuales y familiares de sus socios y beneficiarios, a través de servicios de abastecimiento y provisión de alimentos, mercaderías de uso personal o doméstico, bienes, productos y servicios orientados a mejorar su calidad de vida, condiciones económicas y el bienestar común del entorno social en que la Cooperativa se encuentra inmersa. Para tales efectos, la Cooperativa podrá adquirir, importar, producir y recibir en consignación artículos o mercaderías de alimentación, vestuarios, bienes durables, así como cualquier otra clase de mercaderías de uso personal o doméstico. También podrá distribuir bienes y prestar servicios de toda índole, preferentemente a sus socios, con el objeto de mejorar sus condiciones familiares, sociales y culturales. La Cooperativa también podrá realizar las actividades conexas o conducentes a los rubros señalados, y a todas aquellas que en el futuro acuerden sus socios y que se enmarquen dentro de las disposiciones legales que le sean aplicables en la Ley de Cooperativas y su Reglamento. Para el cumplimiento de sus objetos específicos la Cooperativa podrá invertir en otras cooperativas y sociedades, y en especial, podrá ingresar como accionista de la sociedad Asesorías y Servicios Grupo Educativo SpA. Serán beneficiarios de los servicios de la Cooperativa sus socios y en general las personas relacionadas de cualquier forma con los socios de la Cooperativa y las cargas familiares de todos aquellos. La Cooperativa observará neutralidad política y religiosa y exigirá a sus socios igual neutralidad en sus actividades internas. Asimismo, la Cooperativa promoverá la participación comunitaria y fomentará las formas de asociación cooperativas, colaborativas y colectivas
Administración
Las
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Público Titular de la 2ª Notaría de Santiago, con domicilio en Alcántara N°107, comuna de Las Condes, Santiago, certifica: que con fecha 1 de septiembre de 2023, ante mí, se redujo a escritura pública anotada bajo el repertorio número 63.695-2023, el acta de la junta general constitutiva de la Cooperativa de Trabajadores de Grupo Educativo (la “Cooperativa”), celebrada con fecha 15 de mayo de 2023, con la asistencia de 10 socios, en virtud de la cual se constituyó la Cooperativa y se aprobó su estatuto social. Nombre: La Cooperativa se denominará “Cooperativa de Trabajadores de Grupo Educativo”, su nombre de fantasía será COTGE. Domicilio: La Cooperativa está domiciliada en la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país. Duración: La Cooperativa tendrá una duración indefinida. Podrá disolverse, sin embargo, en cualquier momento por acuerdo de los socios en la forma establecida en el estatuto y en los casos previstos en la Ley de Cooperativas. Objeto: La Cooperativa tiene como objetos específicos la ayuda mutua entre sus socios a los efectos de atender y colaborar en la satisfacción de las necesidades individuales y familiares de sus socios y beneficiarios, a través de servicios de abastecimiento y provisión de alimentos, mercaderías de uso personal o doméstico, bienes, productos y servicios orientados a mejorar su calidad de vida, condiciones económicas y el bienestar común del entorno social en que la Cooperativa se encuentra inmersa. Para tales efectos, la Cooperativa podrá adquirir, importar, producir y recibir en consignación artículos o mercaderías de alimentación, vestuarios, bienes durables, así como cualquier otra clase de mercaderías de uso personal o doméstico. También podrá distribuir bienes y prestar servicios de toda índole, preferentemente a sus socios, con el objeto de mejorar sus condiciones familiares, sociales y culturales. La Cooperativa también podrá realizar las actividades conexas o conducentes a los rubros señalados, y a todas aquellas que en el futuro acuerden sus socios y que se enmarquen dentro de las disposiciones legales que le sean aplicables en la Ley de Cooperativas y su Reglamento. Para el cumplimiento de sus objetos específicos la Cooperativa podrá invertir en otras cooperativas y sociedades, y en especial, podrá ingresar como accionista de la sociedad Asesorías y Servicios Grupo Educativo SpA. Serán beneficiarios de los servicios de la Cooperativa sus socios y en general las personas relacionadas de cualquier forma con los socios de la Cooperativa y las cargas familiares de todos aquellos. La Cooperativa observará neutralidad política y religiosa y exigirá a sus socios igual neutralidad en sus actividades internas. Asimismo, la Cooperativa promoverá la participación comunitaria y fomentará las formas de asociación cooperativas, colaborativas y colectivas. Capital: El capital inicial suscrito y pagado es de $8.000.000, dividido en 8.000.000 cuotas de participación, de un valor inicial de $1 cada una. Quienes ingresen con posterioridad a la constitución de esta Cooperativa deberán suscribir y pagar el número mínimo de 100 cuotas de participación, al mismo valor inicial antes indicado. El capital de la Cooperativa será variable e ilimitado y tendrá como mínimo inicial el que se fija en este estatuto. El consejo de administración podrá aumentar el capital social por medio de la continua emisión de cuotas de participación, las que serán pagadas por los socios en plazos que fijará el consejo de administración. Las demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 6 de septiembre de 2023. Francisco Javier Leiva Carvajal, Notario Público Titular.