VILLA ALTO INGENIEROS Y CONSULTORES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 6 de septiembre de 2023
Sociedad
- N. fantasía
- corresponderá a Daniela Paz González Ramírez, y a Alejandro Javier Rojas Arriagada, conjuntamente ambos socios, debiendo actuar siempre en conjunto dos cualesquiera de ellos, con facultades y limitaciones establecidas en el pacto social. Para enajenar o gravar bienes raíces sociales, para solicitar créditos bancarios bajo cualquier modalidad o naturaleza jurídica por montos superiores a mil quinientas Unidades de Fomento (UF), y para garantizar con la sociedad bajo cualquier modalidad jurídica obligaciones de cada uno de los socios o de terceros, deberán actuar siempre los tres socios de consuno. En caso de fallecimiento de uno de los socios, la sociedad continuará con el socio sobreviviente y los herederos del socio fallecido, debiendo estos últimos nombrar un mandatario común para que los represente ante la sociedad. En este caso dicho mandatario común tendrá y actuará en la sociedad con los mismos derechos y obligaciones que el socio fallecido, con todo, dicho mandatario quedará excluido de la administración social, entendiéndose en tal caso que la administración y el uso de la razón social quedará radicada exclusivamente los socios sobrevivientes los cuales deberán actuar de consuno
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Teno, El domicilio de la sociedad será la comuna de Teno
- Duración
- 3 años, renovables tácita y sucesivamente por periodos de 2 años, si ninguno de las socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del periodo que estuviere en curso, mediante escritura pública que deberá anotarse en el Registro de Comercio, al margen de la inscripción social, con una anticipación de a lo menos seis meses antes del final del período respectivo
Objeto social
El objeto de la sociedad será a) la prestación de servicios propios de la ingeniería, comprendiéndose entre ellos la proyección, planificación, ejecución de estudios, proyectos de ingeniería, asesorías y consultorías, de obras de ingeniería y)o civiles mayores y obras menores de construcción, como contratista y subcontratista; b) el otorgamiento de asistencia e información técnica, prestación de servicios generales de consultoría y diseño; c) la administración en la inspección, control de proyectos y obras; d) la compra, venta, arriendo, importación y exportación de todo tipo de maquinarias, herramientas, repuestos e insumos para la industria en general; y e) La sociedad podrá llevar a cabo, en general, todas las operaciones de cualquier naturaleza que ellas fueren relacionadas con el objeto mencionado en lo precedente así como cualquier actividad similar, conexa o complementaria o que permitan facilitar o desarrollar el comercio o la industria propia de la sociedad.- Administración, Representación, y Uso de la razón social, y del
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJOSÉ MARCELO ADASME BRAVO, Notario Curicó, suplente titular René León Manieu, con oficio en calle Carmen 489, certifica: Por escritura pública de fecha 06 Septiembre 2023, ante mi, DANIELA PAZ GONZALEZ RAMIREZ, chilena, ingeniero en administración de empresas, soltera, Run 15.132.652-8, domiciliada en Población Esperanza Casa Número 70 de la comuna de Teno; ALEJANDRO JAVIER ROJAS ARRIAGADA, chileno, ingeniero en construcción, soltero, cédula nacional de identidad Nº 17.883.217-4, domiciliado en Trapiche sin número de la comuna de Rauco; mayores de edad, quienes acreditan su identidad con sus cédulas respectivas y exponen:, constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada. Razón Social: “VILLA ALTO INGENIEROS Y CONSULTORES LIMITADA” pudiendo abreviarse la palabra “Limitada” por “Ltda.”. No obstante la razón social anterior, la sociedad podrá usar el nombre de fantasía o sigla “de “VILLA ALTO LTDA.”, cuyo uso obligará a la sociedad de la misma manera que la razón social, incluso ante los bancos y otras instituciones financieras. Domicilio: Ciudad de Teno, El domicilio de la sociedad será la comuna de Teno, sin perjuicio de las sucursales que a futuro pudieren establecer en cualquier lugar del país o del extranjero.- Capital Social: Capital social y aportes.- será la suma de $2.000.000.-, que se aportan de la siguiente forma: 1.- Daniela Paz González Ramírez aporta $1.000.000.- que entera y paga al contado y en dinero efectivo, ingresando en este acto a la caja social y 2.- Alejandro Javier Rojas Arriagada aporta $1.000.000.- que entera y paga al contado y en dinero efectivo, ingresando en este acto a la caja social. En consecuencia, doña Daniela Paz González Ramírez aporta un 50% del capital social y don Alejandro Javier Rojas Arriagada aporta un 50% del capital social.- Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Objeto: El objeto de la sociedad será a) la prestación de servicios propios de la ingeniería, comprendiéndose entre ellos la proyección, planificación, ejecución de estudios, proyectos de ingeniería, asesorías y consultorías, de obras de ingeniería y/o civiles mayores y obras menores de construcción, como contratista y subcontratista; b) el otorgamiento de asistencia e información técnica, prestación de servicios generales de consultoría y diseño; c) la administración en la inspección, control de proyectos y obras; d) la compra, venta, arriendo, importación y exportación de todo tipo de maquinarias, herramientas, repuestos e insumos para la industria en general; y e) La sociedad podrá llevar a cabo, en general, todas las operaciones de cualquier naturaleza que ellas fueren relacionadas con el objeto mencionado en lo precedente así como cualquier actividad similar, conexa o complementaria o que permitan facilitar o desarrollar el comercio o la industria propia de la sociedad.- Administración, Representación, y Uso de la razón social, y del nombre de fantasía: corresponderá a Daniela Paz González Ramírez, y a Alejandro Javier Rojas Arriagada, conjuntamente ambos socios, debiendo actuar siempre en conjunto dos cualesquiera de ellos, con facultades y limitaciones establecidas en el pacto social. Para enajenar o gravar bienes raíces sociales, para solicitar créditos bancarios bajo cualquier modalidad o naturaleza jurídica por montos superiores a mil quinientas Unidades de Fomento (UF), y para garantizar con la sociedad bajo cualquier modalidad jurídica obligaciones de cada uno de los socios o de terceros, deberán actuar siempre los tres socios de consuno. En caso de fallecimiento de uno de los socios, la sociedad continuará con el socio sobreviviente y los herederos del socio fallecido, debiendo estos últimos nombrar un mandatario común para que los represente ante la sociedad. En este caso dicho mandatario común tendrá y actuará en la sociedad con los mismos derechos y obligaciones que el socio fallecido, con todo, dicho mandatario quedará excluido de la administración social, entendiéndose en tal caso que la administración y el uso de la razón social quedará radicada exclusivamente los socios sobrevivientes los cuales deberán actuar de consuno. Duración: 3 años, renovables tácita y sucesivamente por periodos de 2 años, si ninguno de las socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del periodo que estuviere en curso, mediante escritura pública que deberá anotarse en el Registro de Comercio, al margen de la inscripción social, con una anticipación de a lo menos seis meses antes del final del período respectivo.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Curicó, 08 Septiembre 2023.