OYARZUN Y NUALART LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 2 de agosto de 2023
- Notario
- FELIX JARA CADOT
- Oficio
- 41ª Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- 3 años desde fecha escritura, prorrogables períodos iguales sucesivos de 3 años forma prevista escritura
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto desarrollar las siguientes actividades, ya sea directamente o a través de terceros, individualmente o en conjunto con otros, tanto en la República de Chile como en el extranjero: a) Adquirir, efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y)o negocios, por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización, administración, pudiendo al efecto ´percibir los frutos que de dichas inversiones se deriven y; B) La realización de todas aquellas actividades que fueren complementarias o anexas al giro principal, y, en general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los acuerdos o contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto social o el desarrollo de su
Administración
CLAUDIO ADRIÁN OYARZÚN FRACEI y FRANCINE DENISE NELLY NUALART VITTINI, actuando individual e indistintamente con amplias facultades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFELIX JARA CADOT, Notario Público Titular 41ª Notaria de Santiago, con domicilio en Huérfanos N° 1160, subsuelo, Santiago, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí, CLAUDIO ADRIÁN OYARZÚN FRACEI y FRANCINE DENISE NELLY NUALART VITTINI, ambos domiciliados para estos efectos en calle Cerro El Plomo número cinco mil ochocientos cincuenta y cinco, oficina mil cuatrocientos siete, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, decidieron dividir la sociedad OYARZUN Y NUALART LIMITADA en dos Sociedades de Responsabilidad Limitada de la siguiente forma: A) La primera de las sociedades OYARZUN Y NUALART LIMITADA, será la continuadora legal de la actual sociedad, manteniendo su razón social y sus estatutos sociales con excepción de los artículos que a continuación se indican: “ARTICULO SEXTO: El capital social asciende a la suma de ciento ochenta y un mil trescientos pesos y trabajo, que los socios aportan y pagan de la siguiente forma: a) CLAUDIO ADRIÁN OYARZÚN FRACEI, aporta la suma de noventa mil seiscientos cincuenta pesos, que representa el cincuenta por ciento de los derechos sociales, y que pagó con anterioridad a este acto, en dinero efectivo ingresando a caja social. b) FRANCINE DENISE NELLY NUALART, aporta la suma de noventa mil seiscientos cincuenta pesos, que representa el cincuenta por ciento de los derechos sociales, y que pagó con anterioridad a este acto, en dinero efectivo ingresando a caja social. Sin perjuicio de lo anterior, los socios aportan también su trabajo personal por tiempo indefinido en la sociedad“. “ARTICULO PRIMERO: por el presente instrumento, los comparecientes vienen en constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada, la que se regirá por las estipulaciones de sus estatutos, que a continuación se transcriben, por las disposiciones de la Ley número tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones posteriores, y supletoriamente por las normas de los Códigos Civil que versan sobre la materia, en todo lo no estipulado en sus estatutos“. “ARTICULO CUARTO: La Sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios o asesorías profesionales de carácter financieras, comerciales, administrativas y gerenciales“. B) La segunda sociedad, que se constituye a consecuencia de la división, girará bajo el siguiente estatuto: Razón social: INVERSIONES MIRAVALLE LIMITADA. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto desarrollar las siguientes actividades, ya sea directamente o a través de terceros, individualmente o en conjunto con otros, tanto en la República de Chile como en el extranjero: a) Adquirir, efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios, por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización, administración, pudiendo al efecto ´percibir los frutos que de dichas inversiones se deriven y; B) La realización de todas aquellas actividades que fueren complementarias o anexas al giro principal, y, en general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los acuerdos o contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto social o el desarrollo de su giro. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de agencias o sucursales. Duración: 3 años desde fecha escritura, prorrogables períodos iguales sucesivos de 3 años forma prevista escritura. Capital social: El capital social de la sociedad es la suma de trescientos dieciocho mil setecientos pesos, que los socios han aportado y enterado respectivamente, de la siguiente manera: a) CLAUDIO ADRIÁN OYARZÚN FRACEI, la suma de ciento cincuenta y nueve mil trescientos cincuenta pesos, que representa el cincuenta por ciento de los derechos sociales, y que paga mediante la correspondiente parte del capital que le ha sido asignada a INVERSIONES MIRAVALLE LIMITADA producto de la división, de acuerdo al balance general de división elaborado al treinta de julio del año dos mil veintitrés y que los socios valorizan de común acuerdo en dicha suma y; b) FRANCINE DENISE NELLY NUALART VITTINI la suma de la suma de ciento cincuenta y nueve mil trescientos cincuenta pesos, que representa el cincuenta por ciento de los derechos sociales, y que paga mediante la correspondiente parte del capital que le ha sido asignada a INVERSIONES MIRAVALLE LIMITADA producto de la división, de acuerdo al balance general de división elaborado al treinta de julio del año dos mil veintitrés y que los socios valorizan de común acuerdo en dicha suma. Administración: CLAUDIO ADRIÁN OYARZÚN FRACEI y FRANCINE DENISE NELLY NUALART VITTINI, actuando individual e indistintamente con amplias facultades. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 2 de agosto 2023. Félix Jara Cadot. N.P.