CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA BURILEO LIMITADA

RUT 5656527-2 CVE 2377018
Capital
$2.000 CLP
Fecha instrumento
7 de agosto de 2023
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
7 de agosto de 2023
Notario
WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ
Oficio
49ª Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
Duración
Sociedad comenzará a regir con esta fecha y durará diez años contados desde la fecha de la escritura de constitución, prorrogables por periodos idénticos, según normas contempladas en pacto social

Objeto social

La sociedad tiene por

Administración

Administración, representación y uso de razón social y nombre de fantasía corresponderá al socio don HUGO ABRAHAM SOTO GONZÁLEZ, con amplias facultades contempladas en pacto social

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ, abogado, Notario Público 49ª Notaría Santiago, Amunategui 73, Certifica: por escritura pública de fecha 07 de agosto de 2023 ante mí, 1) Don HUGO ABRAHAM SOTO GONZÁLEZ, chileno, casado en sociedad conyugal, empresario, cédula nacional de identidad número 5.656.527-2, domiciliado en Avenida Fermín Vivaceta 3348, comuna de Conchalí, Región Metropolitana y 2) Don PABLO EDUARDO SOTO FLORES, chileno, soltero, empresario, cédula nacional de identidad número 15.563.666-1, domiciliado en Escandinavia 350, departamento 1006, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada a monto aportes respectivos. Razón social: “INMOBILIARIA BURILEO LIMITADA”. Nombre fantasía: “BURILEO Ltda.”. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las sucursales o agencias que se establezcan en el resto del país o en el extranjero. Objeto: La sociedad tiene por objeto: a) La ejecución de inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, sean estos corporales o incorporales, acciones de sociedad, derechos sociales, joint ventures, consorcios, debentures, bonos, efectos de comercio, y toda clase de títulos o valores mobiliarios e instrumentos de inversión. b) La prestación de servicios profesionales en los ámbitos de consultoría de negocio y de gestión, consultoría y formación destinados a cualquier campo o sector, incluyendo la elaboración y ejecución de toda clase de estudios y proyectos, así como la dirección, asistencia técnica, transferencia de tecnología, comercialización y administración de tales estudios, proyectos y actividades. c) La participación como inversionista en toda clase de negocios o empresas o el desarrollo de los mismos por cuenta propia o en asociación con terceros para fines rentísticos; la formación y/o incorporación de y a toda clase de sociedades, comunidades y asociaciones de todo tipo de naturaleza; d) La compraventa de sitios y otros inmuebles; a nombre propio o en representación de terceros, la demolición de edificios y construcciones de cualquier especie; el estudio, la construcción, por cuenta propia o ajena, de casas, edificios y otros; la representación de firmas nacionales o extranjeras; la construcción de, casas, edificios, condominios, etc. por cuenta propia o ajena; la gestión de corretaje de propiedades, de arrendamiento y de uso de condominios; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos. e) Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que se acuerde. Capital: $2.000.000 (dos millones de pesos), dinero que los socios aportan y enteran siguiente forma: a) Don HUGO ABRAHAM SOTO GONZÁLEZ aporta la suma de $1.000.000 (un millón de pesos), correspondiente al 50% (cincuenta por ciento) del capital social, aporte que paga en dinero en efectivo, y que ingresa a la caja social este acto; b) Don PABLO EDUARDO SOTO FLORES aporta la suma de $1.000.000 (un millón de pesos), correspondiente al 50% (cincuenta por ciento) del capital social, aporte que paga en dinero en efectivo, y que ingresa a la caja social este acto. Administración: Administración, representación y uso de razón social y nombre de fantasía corresponderá al socio don HUGO ABRAHAM SOTO GONZÁLEZ, con amplias facultades contempladas en pacto social. Duración: Sociedad comenzará a regir con esta fecha y durará diez años contados desde la fecha de la escritura de constitución, prorrogables por periodos idénticos, según normas contempladas en pacto social. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 21 de agosto de 2023.