Fábrica de Chocolates La Ibérica S.A., Agencia en Chile
Instrumento
- Fecha
- 31 de agosto de 2023
- Repertorio
- 9638-2023
- Notario
- María Fernanda De Los Santos Ferraz
- Oficio
- Vigésima Séptima Notaría de Santiago de doña María Patricia Donoso Gomien
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMaría Fernanda De Los Santos Ferraz, Notario Público Suplente de la Vigésima Séptima Notaría de Santiago de doña María Patricia Donoso Gomien, con oficio en calle Orrego Luco número 0153, comuna de Providencia, certifico que: por escritura pública de fecha 31 de agosto de 2023, Repertorio Nº 9638-2023, ante mí, don Bernardo Alonso Suárez Vivanco, pasaporte peruano número 120468325, y documento nacional de identidad de la República del Perú número 07868871-3, en representación de la sociedad anónima extranjera “Fábrica de Chocolates La Ibérica S.A.”, sociedad válidamente constituida de conformidad con las leyes de la república del Perú, Rol Único Tributario N° 59.314.000-8, y en su calidad de agente de “Fábrica de Chocolates La Ibérica S.A., Agencia en Chile”, Rol Único Tributario N° 59.314.240-K (en adelante e indistintamente la “Agencia”), modificó la declaración de constitución de la Agencia cuyo extracto de constitución fue inscrito a fojas 27.464, número 12.666 del año 2022 y publicado en la edición del Diario Oficial de fecha 11 de abril del mismo año, en el siguiente sentido: 1) Se aumentó el capital efectivo de la Agencia, desde el equivalente en pesos chilenos a la suma de 195.500 dólares de los Estados Unidos de América, al equivalente en pesos chilenos a la suma de 330.500 dólares de los Estados Unidos de América; 2) Se reemplazó el artículo Cinco de la declaración de constitución de fecha 6 de abril de 2022, otorgada ante la Notaría de Santiago de doña María Patricia Donoso Gomien, repertorio 4456-2022, relativo al capital de la agencia por el siguiente: “CINCO) Capital. El capital efectivo que la agencia tendrá en Chile para el giro de sus operaciones será el equivalente en pesos chilenos a 330.500 dólares de los Estados Unidos de América según el tipo de cambio establecido por el Banco Central de Chile vigente a la fecha de la liquidación del aporte en Chile y su ingreso a la caja de la agencia, monto que se encuentra íntegramente pagado.”. Finalmente, y con la sola excepción respecto al capital ya señalada, se deja constancia de la vigencia del resto de las declaraciones en la escritura de constitución de la Agencia. Demás estipulaciones en escritura extractada. Se facultó al portador de extracto autorizado para su legalización. Santiago, 01 de septiembre de 2023.