Consultora Flores Medina Limitada
Instrumento
- Fecha
- 14 de julio de 2023
- Notario
- MARÍA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ
- Oficio
- Séptima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $39.000.000 CLP
- Duración
- 5 años contados desde la fecha de la presente escritura, renovable
Objeto social
a) la consultoría, asesoría, proyectos, en el área de decoración y jardinería. b) en general cualquier otra inversión que acuerden los
Administración
Corresponderá a doña Sara Luz Medina Quezada, de manera individual e indistintamente
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Abogado, Notario Público Titular Séptima Notaría de Santiago, Agustinas 1161 entrepiso, Certifica: Por escritura pública de fecha 14 de julio de 2023, ante Notario Suplente CHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CÁCERES: don JEREMIAS ANTONIO FLORES MEDINA, domiciliado en Aeródromo Alto Palena 3002, Cerrillos, CAROLINA ANDREA FLORES MEDINA, domiciliada en Aeródromo Alto Palena 3002, Cerrillos, DENISSE ESTEFANIA FLORES MEDINA, domiciliada en Agustinas 972 oficina 512, Cerrillos y doña SARA LUZ MEDINA QUEZADA, domiciliada en Aeródromo Alto Palena 3002, Cerrillos, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, siguiente tenor: Razón Social: Consultora Flores Medina Limitada, también conocida por su nombre de fantasía “ Consultora F&M LTDA.” Objeto: a) la consultoría, asesoría, proyectos, en el área de decoración y jardinería. b) en general cualquier otra inversión que acuerden los socios. Administración y Uso de la Razón Social: Corresponderá a doña Sara Luz Medina Quezada, de manera individual e indistintamente. Capital: El capital social asciende a la suma de $39.000.000.- de pesos, que ha sido íntegramente suscrito, enterado y pagado por los socios en los siguientes montos y proporciones: Uno) doña LUZ SARA MEDINA QUEZADA, suscribe, entera y paga la suma de $30.000.000 pesos, equivalente al 72,92% de los derechos sociales. Dicho aporte se realiza transfiriendo en dominio, a la sociedad, del inmueble de su propiedad: inmueble ubicado en Pasaje Afelio número mil trescientos sesenta, que corresponde al lote número ocho de la manzana diecisiete del sector N del Conjunto Habitacional Villa Las Flores Oriente, Comuna de Maipú, Región Metropolitana, que deslinda: Nor-oriente: lote veintiuno de la manzana diecisiete del plano: Sur Poniente: Pasaje Afelio; Nor-Poniente: lote siete de la manzana diecisiete del plano; Sur Oriente: lote nueve de la manzana diecisiete del plano. Lo adquirió por compra a la Sociedad “Viviendas Económicas Metropolitana S.A” según escritura de fecha veintiocho de octubre de mil novecientos noventa y dos protocolizada con la misma fecha bajo el número novecientos nueve en la notaría de don José Musalem Saffie. El dominio se encuentra inscrito a fojas setenta y cuatro mil trescientos setenta y uno Número sesenta y un mil ciento veintiocho del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año mil novecientos noventa y dos. Rol de avalúo tres mil trescientos dieciséis guiones diecisiete. Dos) don JEREMIAS ANTONIO FLORES MEDINA, suscribe, entera y paga la suma de $3.000.000.- pesos, equivalente al 7,69% de los derechos sociales; y Tres) doña DENISSE ESTEFANIA FLORES MEDINA, suscribe, entera y paga la suma de $3.000.000.- pesos, equivalente al 7,69% de los derechos sociales. Dicho aporte se entera transfiriendo en dominio, a la sociedad, el vehículo de su propiedad: AUTOMOVIL marca GREAT WALL, modelo FLORID CROSS HATCHABACK UNO.CINCO, motor uno cero cero uno cero ocho cero nueve siete cero, chasis LGWED dos A tres tres B E seis dos nueve seis seis, color Blanco Titanio, año dos mil once, placa patente DBPP cincuenta y uno guion cero. Los comparecientes avalúan de común acuerdo el vehículo antes individualizado en la suma de tres millones de pesos que ingresa a la caja social. Dicho aporte equivale al siete coma sesenta y nueve por ciento de los derechos sociales Cuatro) doña CAROLINA ANDREA FLORES MEDINA, suscribe, entera y paga la suma de $3.000.000.- pesos, equivalente al 7,79% de los derechos sociales. El capital social se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Responsabilidad. Limitada al monto de los aportes. Duración:5 años contados desde la fecha de la presente escritura, renovable. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 11 de septiembre de 2023.