SOCIEDAD PROFESIONAL PROYECTA FINANZAS ASESORIAS AGRÍCOLAS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de agosto de 2023
- Repertorio
- 3624-2023
- Notario
- MIGUEL CHACON ZEBALLOS
- Oficio
- Tercera Notaria de Rancagua
- Comuna
- Rancagua
Sociedad
- Duración
- 10 años contados desde la fecha de la presente escritura, y se entenderá prorrogable tácita y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare voluntad de ponerle término con, a lo menos, dos meses de anticipación al vencimiento respectivo, mediante escritura pública que se subinscribirá al margen de la inscripción social. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus
Objeto social
servicios profesionales de asesoría financiera y de gestión agrícola, que comprende la intermediación, apoyo y financiamiento a las actividades de la agricultura, servicios agrícolas y producción agropecuaria, de la silvicultura y la producción de alimentos agrícolas, prestando servicios de contabilidad, tributarios, agrónomos de investigación, técnicos y administrativos. Administración, representación y uso razón social corresponderá a MARIO RODRIGO FUENTES APABLAZA y a CLAUDIO ELIAS CORVALAN PLAZA conjunta, separada e indistintamente con las facultades que se indican en escritura. El capital social es la cantidad de 2 millones pesos, que los socios aportan y pagan en las siguientes proporciones: a) don MARIO RODRIGO FUENTES APABLAZA, la cantidad de 1 millón de pesos que corresponde al 50% por ciento del capital social, que paga de contado en dinero efectivo en este acto; y, b) don CLAUDIO ELIAS CORVALAN PLAZA, la cantidad de 1 millón de pesos que corresponde al 50% por ciento del capital social, que paga de contado en dinero efectivo en este acto. De esta forma, el capital social ha quedado íntegramente aportado y pagado por los comparecientes e ingresado a caja social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMIGUEL CHACON ZEBALLOS, Notario Público Interino de la Tercera Notaria de Rancagua, con oficio en Campos 377, de la ciudad y comuna de Rancagua, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 28 de agosto del año 2023, repertorio N° 3624-2023, ante mí, certifico que: Por escritura hoy, ante mí: MARIO RODRIGO FUENTES APABLAZA, con domicilio en Los Maitenes número setenta y cinco, Loteo Los Parronales, San Fernando; y CLAUDIO ELIAS CORVALAN PLAZA, con domicilio en Guillermo Saavedra número cero siete, departamento trescientos cuatro comuna de Rancagua, vienen en constituir sociedad de profesionales de responsabilidad limitada al monto de sus aportes. Razón social: «SOCIEDAD PROFESIONAL PROYECTA FINANZAS ASESORIAS AGRÍCOLAS Limitada», pudiendo usar nombre de fantasía «Proyecta Asesorías Agrícolas Ltda.», que la obligará misma manera que razón social. Objeto: servicios profesionales de asesoría financiera y de gestión agrícola, que comprende la intermediación, apoyo y financiamiento a las actividades de la agricultura, servicios agrícolas y producción agropecuaria, de la silvicultura y la producción de alimentos agrícolas, prestando servicios de contabilidad, tributarios, agrónomos de investigación, técnicos y administrativos. Administración, representación y uso razón social corresponderá a MARIO RODRIGO FUENTES APABLAZA y a CLAUDIO ELIAS CORVALAN PLAZA conjunta, separada e indistintamente con las facultades que se indican en escritura. El capital social es la cantidad de 2 millones pesos, que los socios aportan y pagan en las siguientes proporciones: a) don MARIO RODRIGO FUENTES APABLAZA, la cantidad de 1 millón de pesos que corresponde al 50% por ciento del capital social, que paga de contado en dinero efectivo en este acto; y, b) don CLAUDIO ELIAS CORVALAN PLAZA, la cantidad de 1 millón de pesos que corresponde al 50% por ciento del capital social, que paga de contado en dinero efectivo en este acto. De esta forma, el capital social ha quedado íntegramente aportado y pagado por los comparecientes e ingresado a caja social. Duración: 10 años contados desde la fecha de la presente escritura, y se entenderá prorrogable tácita y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare voluntad de ponerle término con, a lo menos, dos meses de anticipación al vencimiento respectivo, mediante escritura pública que se subinscribirá al margen de la inscripción social. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Rancagua, 01 de Septiembre de 2023.