SANTA CLARA SpA
Instrumento
- Fecha
- 6 de septiembre de 2023
- Repertorio
- 4648-2023
- Notario
- ALVARO JAVIER VALDEBENITO SALGADO
- Oficio
- Primera Notaría de Temuco
- Comuna
- Temuco
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO JAVIER VALDEBENITO SALGADO, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de Temuco, con oficio en la comuna de Temuco, calle Antonio Varas N° 854, certifico: que por escritura pública de Repertorio N° 4648-2023 de fecha 06 de Septiembre de 2023, ante mí, don DIEGO ALFREDO PAULSEN KEHR, chileno, casado y separado totalmente de bienes, abogado, cédula de identidad número dieciséis millones quinientos treinta y dos mil cuatrocientos cuarenta y uno guión dos, con domicilio en Fundo el Porvenir, comuna de Galvarino, y doña MARIA VALENTINA GARCIA AGUILERA, chilena, ingeniero comercial, casada y separada totalmente de bienes, cédula de identidad número diecisiete millones trescientos sesenta y seis mil treinta guión ocho, con domicilio en calle Martín Lutero número cero tres mil seis de la comuna y ciudad de Temuco, modifica pacto social, “SANTA CLARA SpA”, constituida por escritura pública de fecha tres de septiembre de dos mil dieciocho, otorgada en la Notaría de Temuco de don Héctor Basualto Bustamante. Extracto inscrito a fojas mil trescientos siete número setecientos ochenta y uno del año dos mil dieciocho en el Registro de Comercio de Temuco. El rol único tributario de es setenta y seis millones novecientos cincuenta y cuatro mil setecientos seis guión uno. El capital accionario original cincuenta millones de pesos. Esta sociedad fue modificada por escritura pública de fecha dieciocho de agosto de dos mil veintidós, otorgada en la notaría de Temuco de don Héctor Basualto Bustamante, aumentándose su capital accionario de cincuenta millones de pesos, a la suma de sesenta millones de pesos, mediante la incorporación de la accionista doña María Valentina García Aguilera, quien suscribió diez acciones a razón de un millón de pesos por acción, debidamente pagadas. Extracto de la referida escritura se inscribió a fojas setecientos noventa número cuatrocientos dos en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año dos mil veintidós. Capital Actual sesenta millones de pesos. Modificaciones consisten: Los socios, acordaron aumentar el capital social de la suma de sesenta millones de pesos a la suma de ciento un millones de pesos, divididos en ciento una acciones nominativas, sin valor nominal, todas de una misma serie y de igual valor, lo cual materializó, aportando doña MARIA VALENTINA GARCIA AGUILERA, a la sociedad la suma de cuarenta y un millón de pesos, once millones de pesos en este acto en dinero en efectivo en caja social, mediante la suscripción de once acciones, nominativas, sin valor nominal, todas de una misma serie, por la suma de un millón de pesos cada acción; y treinta millones de pesos que se pagarán en un plazo de tres años contados desde esta fecha en dinero en efectivo, por lo que en este acto esta socia suscribe la cantidad de treinta acciones sin valor nominal, todas de una misma serie, por la suma de un millón de pesos cada acción. 2.- Se modificó el ARTICULO QUINTO de los estatutos sociales, en el sentido de estipular que el capital social asciende a la suma de ciento un millones de pesos, dividido en ciento una de acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, todas de una misma serie y de igual valor, las que se encuentran totalmente suscritas y algunas de ellas pagadas según se señala más adelante y en manos de los siguientes accionistas: A) Don DIEGO ALFREDO PAULSEN KEHR, suscribió y pago la cantidad de cincuenta acciones, nominativas, sin valor nominal, todas de una misma serie, a un valor de un millón de pesos cada una, por la suma total de cincuenta millones de pesos. B) Doña MARIA VALENTINA GARCIA AGUILERA, suscribió la cantidad de cincuenta y una acciones, de las cuales pagó la cantidad de veintiuna acciones, nominativas, sin valor nominal, todas de una misma serie, a un valor de un millón de pesos cada una, por la suma total de veintiún millones de pesos y el saldo de treinta acciones nominativas, sin valor nominal, todas de una misma serie, a un valor de un millón de pesos cada una, por la suma total de treinta millones de pesos, los pagará dentro del plazo de tres años contados desde la fecha de este instrumento en dinero en efectivo. En lo no modificado rige pacto social. Demás estipulaciones constan escritura extractada.- Temuco, 07 de Septiembre de 2023.