MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

GASTRONOMIA SUR LIMITADA

RUT 76185401-1 CVE 2375979
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
7 de septiembre de 2023

Instrumento

Fecha
7 de septiembre de 2023

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Juan Luis Sáiz del Campo, Notario de Santiago, Titular 28º Notaría, Av. Recoleta 377, certifico: Por escritura pública hoy, ante mí, don FELIPE ESTEBAN LOPEZ CALDERON, con domicilio en Condominio El Alba de Lo Campino 5, casa 1151, Valle Lo Campino, Quilicura; doña CAROLINE RACHEL FONSECA ZUÑIGA con domicilio en Condominio El Alba de Lo Campino 5, casa 1151, Valle Lo Campino, Quilicura; doña MARISOL NELY HUAHUAMULLO HIZO, con domicilio en calle Muñoz Gamero Nº 164, Recoleta; y don CESAR ANDRE SIGUEÑAS HUAHUAMULLO, con domicilio en calle Chillan Nº 2574, Independencia, modificaron sociedad GASTRONOMIA SUR LIMITADA, con nombre de fantasía LA CASA RIESCO, constituida 05/12/2011, ante el Notario infrascrito, extracto inscrito fojas 73205, Nº 53524, Registro de Comercio Santiago, año 2011, Diario Oficial Nº 40.129, del 07/12/2011.- Capital $2.000.000, Rut. 76.185.401-1. Se retira de la sociedad don FELIPE ESTEBAN LOPEZ CALDERON, dueño del 80% del haber social, quien lo vende, cede y transfiere a doña MARISOL NELY HUAHUAMULLO HIZO, quien lo compra, acepta y adquiere para sí.- El precio es la suma de $1.600.000, que la cesionaria paga al cedente, en este acto, de contado y dinero en efectivo, declarando este último recibirlos a su entera satisfacción; también se retira de la sociedad doña CAROLINE RACHEL FONSECA ZUÑIGA, dueña del 20% del haber social, quien vende cede y transfiere un 15% a doña MARISOL NELY HUAHUAMULLO HIZO, quien los compra, acepta y adquiere para sí.- El precio es la suma de $300.000 que la cesionaria paga al cedente, en este acto, de contado y dinero en efectivo, declarando este último recibirlos a su entera satisfacción. La misma doña CAROLINE RACHEL FONSECA ZUÑIGA, vende, cede y transfiere un 5% del haber social a don CESAR ANDRE SIGUEÑAS HUAHUAMULLO, quien los compra, acepta y adquiere para sí.- El precio es la suma de $100.000, que el cesionario paga a la cedente, en este acto, de contado y dinero en efectivo, declarando este último recibirlos a su entera satisfacción. Como consecuencia de la cesión de derechos y acciones, se incorporan como socios doña MARISOL NELY HUAHUAMULLO HIZO, dueña del 95% de los derechos sociales, con un aporte de $1.900.000, y don CESAR ANDRE SIGUEÑAS HUAHUAMULLO, dueño del 5% de los derechos sociales, con un aporte de $100.000. modifican las siguientes cláusulas: A) Clausula Tercero: La razón social seguirá siendo GASTRONOMÍA SUR LIMITADA.- Sin embargo, el nombre de fantasía a contar de esta fecha será SABOR A PERÚ. B) Clausula Cuarta: En el sentido de que la administración y el uso de la razón social y del nombre de fantasía, a partir de esta fecha, corresponderá exclusivamente a la socia doña MARISOL NELY HUAHUAMULLO HIZO, con las mismas facultades contenidas en la señalada cláusula del pacto original, las que se entienden entera y expresamente reproducidas en este instrumento.- En lo no modificado rigen cláusulas pacto original.- Demás estipulaciones, escritura. Santiago, 07 de septiembre del año 2023.