CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Servicios Agrícolas KyP SpA

RUT 14048912-3 CVE 2375069
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
5 de septiembre de 2023
Notaría
Rancagua

Instrumento

Fecha
5 de septiembre de 2023
Comuna
Rancagua

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP
Domicilio
ciudad de Rancagua, Sexta Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, República de Chile

Objeto social

a) Servicios de transporte de trabajadores; b) alquiler y arrendamiento de vehículos automotores; c) alquiler de vehículos automotores sin chofer; d) actividades de dotación de recursos humanos; y todo otro negocio o actividad relacionada con el giro antes señalado que, en la actualidad o en el futuro, acordaren los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GERARDO ANDRÉS CARVALLO CASTILLO, abogado, Notario Titular de esta Primera Notaría de Rancagua, San Martin 427, comuna de Rancagua, certifica: Por escritura pública Rep. N°2175-2023, hoy ante mi, KATHERINE ALEJANDRA MANRÍQUEZ MORENO, Run 14.048.912-3, chilena, empleada, divorciada, domiciliada en calle San Valentín 619, Lo de Lobos, comuna de Rengo, constituyó Sociedad por Acciones. Razón social: “Servicios Agrícolas KyP SpA.”.-. Domicilio: ciudad de Rancagua, Sexta Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, República de Chile, sin perjuicio de las agencias, sucursales o representaciones en el país o en el extranjero.- Objeto: a) Servicios de transporte de trabajadores; b) alquiler y arrendamiento de vehículos automotores; c) alquiler de vehículos automotores sin chofer; d) actividades de dotación de recursos humanos; y todo otro negocio o actividad relacionada con el giro antes señalado que, en la actualidad o en el futuro, acordaren los accionistas. Se deja constancia que el objeto de la sociedad siempre tendrá el carácter de mercantil conforme a lo dispuesto en el artículo cuatrocientos veinticinco inciso segundo número dos del Código de Comercio.- Capital: $2.000.000.- divididos en veinte acciones, por un valor de nominal de $100.000 el que se suscribió y pagó en el acto de constitución de manera íntegra por la constituyente. Demás estipulaciones en escritura extractada. Rancagua, 5 de septiembre de 2023.