MGI SpA
Instrumento
- Fecha
- 31 de agosto de 2023
- Repertorio
- 1307/2023
Sociedad
- Capital
- $30.000.000 CLP
Objeto social
Para este efecto, se reemplaza íntegramente el artículo cuarto de los estatutos de la sociedad, referido al objeto, por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO: La sociedad tendrá por objeto la administración, gestión y prestación de todo tipo de servicios en beneficio o utilidad de bienes inmuebles; la administración y gestión de los arrendamientos sobre dichos bienes; la intermediación, negociación, redacción y modificación de los contratos de arrendamiento, comodato, usufructo o cualquier otro que se requiriera para la explotación de esos bienes; el cobro y percepción de las rentas de arrendamiento, garantías o cualesquiera otras obligaciones emanadas de los referidos contratos u otros que se suscriban; la mantención y reparación de los bienes raíces, la interposición de acciones judiciales necesarias para cobro de las rentas y la recuperación de los inmuebles, interdictos o acciones posesorias u otras pretensiones judiciales y administrativas tendientes a proteger, recuperar o cautelar los activos referidos, y toda otra actividad afín o relacionada.”
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| MGI SpA | socio | 77716182-2 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO JAVIER CONTRERAS GUERRERO, Notario Interino de Valparaíso, con Oficio en calle Esmeralda 953, certifica: Por escritura pública repertorio N° 1307/2023, de fecha 31 agosto 2023, ante mi suplente don Alfonso Gastón Alberto del Fierro Elgart, señores Patricio Martínez Fernández y Luis Cavieres Geraldo, ambos en representación de Mutual de Seguros de Chile, esta última, en su calidad de única accionista, se reformaron los estatutos de la sociedad MGI SpA, RUT N° 77.716.182-2, con la finalidad de ampliar el objeto social. Para este efecto, se reemplaza íntegramente el artículo cuarto de los estatutos de la sociedad, referido al objeto, por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO: La sociedad tendrá por objeto la administración, gestión y prestación de todo tipo de servicios en beneficio o utilidad de bienes inmuebles; la administración y gestión de los arrendamientos sobre dichos bienes; la intermediación, negociación, redacción y modificación de los contratos de arrendamiento, comodato, usufructo o cualquier otro que se requiriera para la explotación de esos bienes; el cobro y percepción de las rentas de arrendamiento, garantías o cualesquiera otras obligaciones emanadas de los referidos contratos u otros que se suscriban; la mantención y reparación de los bienes raíces, la interposición de acciones judiciales necesarias para cobro de las rentas y la recuperación de los inmuebles, interdictos o acciones posesorias u otras pretensiones judiciales y administrativas tendientes a proteger, recuperar o cautelar los activos referidos, y toda otra actividad afín o relacionada.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Capital $30.000.000.- Valparaíso, 6 septiembre 2023.