Inversiones Ríos López Limitada
Instrumento
- Fecha
- 19 de julio de 2023
- Notario
- María Soledad Lascar Merino
- Oficio
- 38 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMaría Soledad Lascar Merino, Notario Público, Titular de la 38 Notaría de Santiago, con domicilio en calle Miraflores 178, quinto piso, comuna de Santiago, rectifico el extracto de la escritura pública en que consta la constitución de Inversiones Ríos López Limitada, otorgada ante mí, el 19 de julio de 2023, sociedad que nació de la división de la sociedad denominada Gestión Inmobiliaria PRL SpA. Dicho extracto, de fecha 8 de agosto de 2023, fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 69.922, número 30.221 del año 2023 y publicado el 18 de agosto de ese mismo año. El mencionado extracto se rectifica por encontrarse en disconformidad con la referida escritura, como sigue: donde dice “cuyo objeto será la adquisición de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, valores mobiliarios, participaciones sociales y cualesquiera otros bienes, y la conservación y administración de los mismos, con miras a la percepción de sus frutos naturales o civiles. La sociedad podrá participar en otras personas jurídicas de cualquier tipo y objeto, incluso sociedades, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades.”, debe decir “cuyo objeto será: a) la adquisición de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, valores mobiliarios, participaciones sociales y cualesquiera otros bienes, y la conservación y administración de los mismos, con miras a la percepción de sus frutos naturales o civiles; b) la mantención y explotación inmobiliaria de cualquiera clase de bienes raíces; y c) la prestación de asesorías en toda clase de gestión inmobiliaria y la realización de cualesquiera otras actividades afines, conexas o complementarias que los socios acuerden. La sociedad podrá participar en otras personas jurídicas de cualquier tipo y objeto, incluso sociedades, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades”. Santiago, 29 de agosto de 2023.