INVERSIONES MANAR LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 29 de junio de 2023
- Notario
- MARCELA MEDINA RICCI
- Domicilio
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $98.333 CLP
- Domicilio
- La ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La inversión por cuenta propia o de terceros, en toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, acciones o derechos. La compra, venta y arrendamiento de bienes inmuebles, y en general adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, su explotación, administración y percepción de sus frutos. Administración y el
Administración
Corresponderá indistintamente a cualquiera de los socios doña Myriam Elizabeth Abu-Ghosh Alamo o don Tarek Amin Abu-Ghosh Amado con amplias facultades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARCELA MEDINA RICCI, Notario Público de San Miguel, con asiento en San Ramón y oficio en Avenida Santa Rosa número 7955, certifica: En escritura pública de fecha 29 de junio de 2023, otorgada ante mí, comparecen: Doña MYRIAM ELIZABETH ABU-GHOSH ALAMO, y don TAREK AMIN ABU-GHOSH AMADO, ambos domiciliados en calle Noruega número 6444, departamento número 804, Las Condes, región metropolitana, quienes constituyen sociedad de responsabilidad. Razón social: INVERSIONES MANAR LIMITADA. Objeto: La inversión por cuenta propia o de terceros, en toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, acciones o derechos. La compra, venta y arrendamiento de bienes inmuebles, y en general adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, su explotación, administración y percepción de sus frutos. Administración y el uso de la razón social: Corresponderá indistintamente a cualquiera de los socios doña Myriam Elizabeth Abu-Ghosh Alamo o don Tarek Amin Abu-Ghosh Amado con amplias facultades. Capital: La suma de $98.333, que los socios han suscrito, aportado y pagado íntegramente en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, en las siguientes proporciones: a) Doña Myriam Elizabeth Abu-Ghosh Alamo, aporta la suma de 68.833 pesos en dinero en efectivo, con anterioridad a este acto y a entera conformidad de los socios, equivalentes al 70% del capital y de los derechos sociales de la compañía; b) Don Tarek Amin Abu-Ghosh Amado, aportó la suma de 29.500 pesos en dinero en efectivo, con anterioridad a este acto y a entera conformidad de los socios, equivalentes al 30% del capital y de los derechos sociales de la compañía. El capital social se encuentra íntegramente suscrito y pagado en dinero con anterioridad a este acto.- En consecuencia, el capital social ha sido íntegramente suscrito, enterado y pagado mediante la parte del capital que de Inmobiliaria e Inversiones Black Jack Limitada le ha sido asignada en la división a Inversiones Manar Limitada. Domicilio: La ciudad de Santiago, sin perjuicio de poder establecer agencias o sucursales en otras ciudades del país o del extranjero. Plazo: 5 años contados desde la fecha de la escritura, plazo que se entenderá tácita y automáticamente renovado en términos iguales, sucesivos e indefinidos a menos que una de las partes manifieste su intención de ponerle término, a través del otorgamiento de una escritura pública la que deberá ser anotada al margen de la sociedad en el Registro de Comercio, con una anticipación de a lo menos seis meses al vencimiento del plazo original o de la renovación que esté corriendo. Inversiones Manar Limitada se constituye por la división de Inmobiliaria e Inversiones Black Jack Limitada. En caso de fallecimiento de un socio, la sociedad continuará con el socio sobreviviente y con los herederos del socio fallecido, quienes deberán designar, en el plazo de sesenta días contados desde la fecha de fallecimiento, a un procurador común para que actúe ante la sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 6 de septiembre de 2023.